DB UlSTICIA IUCIOIUL
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
CIVIL
Tomo 30
ID: fallos_30_69
Keywords / Subjects
CONTRATO
Ruling Text
DB UlSTICIA IUCIOIUL
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cuadrados que se designan, en el cróquis de foja 20, con el
nombre de prolongacion Este de la Colonia.
8° Que no puede oponerse tampoco ;t la peticion dol duman-
dantc la falta de pago anticipado del valor de los arriondo'i, por-
que sin mensurarse el térreno. ni demarcarse las fracciones 6
concesiones que entró á ocupar el demandante y sin eacritu-
rarse el contrato ó es tenderse ltLS bolet3s re!lpecti\·as, no pudo
entenderse formalizado aquel, da manera á que pudiera consi-
derarse eu vigor desde Juego la obligacion del previo ¡1ago (v~ .
cu eout1rmacion, lo espuesto por el propio demandante á foja 24
vuelta) y porque así Uu~·o. tldcmas, de las c·artus reconocidas de
fojas 3 y 5. en hl · cuales, llijo:; •le oponerse ('Sa falttl de Jlllgo,
se inturroga al demandante. por el dumaududo, sobre lns frac-
ciones que en dd initiva ha du arrendar y se le iuvita á pasar
á recoger la boleta rcspecth·a.
fto J..' inalmeute, que por lo que respecta á Jos datios y per-
juicios demandados, ello11 ui proceden, .;cg•m loa coushlorandos
auteriores, ui han sido tawpocu justificados por el demandante.
Por estos fundamentos, •lefiultinmcnte juzgando, declaro :
que el detuandado está obligado ti estender, en término do diez
dil\s, escritura de arriendo á favor del demandante, de las ocho
concesion : que este ocupa, por el término que convengan, que
no podrá s~.r menor dl:l necesario par.& que el último pueda
hacer la cosecha del presente ai1o y por el precio que sea do
regla en la Colonia, 6 .. :1 que su acuerden ó designe por peritos
árbitros, en caso contrario; todu, pr~via cousignacion por el
mismo demandante del prcllio del arriendo, so pena de cadu-
fidud de sus dl!rccbos, soguu las cláusulas del boll!to 6 formu-
lario impreso de foja ~~, cuya verdad no ha sido descouocidu
J>Or el demandante . .Notifíquese con el original y repóngase el
papel.
C. S. tle ltt Torre.
T. :UI.
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