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DB UlSTICIA IUCIOIUL

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
CIVIL
Tomo 30 ID: fallos_30_69

Keywords / Subjects

CONTRATO

Ruling Text

DB UlSTICIA IUCIOIUL 73 cuadrados que se designan, en el cróquis de foja 20, con el nombre de prolongacion Este de la Colonia. 8° Que no puede oponerse tampoco ;t la peticion dol duman- dantc la falta de pago anticipado del valor de los arriondo'i, por- que sin mensurarse el térreno. ni demarcarse las fracciones 6 concesiones que entró á ocupar el demandante y sin eacritu- rarse el contrato ó es tenderse ltLS bolet3s re!lpecti\·as, no pudo entenderse formalizado aquel, da manera á que pudiera consi- derarse eu vigor desde Juego la obligacion del previo ¡1ago (v~ . cu eout1rmacion, lo espuesto por el propio demandante á foja 24 vuelta) y porque así Uu~·o. tldcmas, de las c·artus reconocidas de fojas 3 y 5. en hl · cuales, llijo:; •le oponerse ('Sa falttl de Jlllgo, se inturroga al demandante. por el dumaududo, sobre lns frac- ciones que en dd initiva ha du arrendar y se le iuvita á pasar á recoger la boleta rcspecth·a. fto J..' inalmeute, que por lo que respecta á Jos datios y per- juicios demandados, ello11 ui proceden, .;cg•m loa coushlorandos auteriores, ui han sido tawpocu justificados por el demandante. Por estos fundamentos, •lefiultinmcnte juzgando, declaro : que el detuandado está obligado ti estender, en término do diez dil\s, escritura de arriendo á favor del demandante, de las ocho concesion : que este ocupa, por el término que convengan, que no podrá s~.r menor dl:l necesario par.& que el último pueda hacer la cosecha del presente ai1o y por el precio que sea do regla en la Colonia, 6 .. :1 que su acuerden ó designe por peritos árbitros, en caso contrario; todu, pr~via cousignacion por el mismo demandante del prcllio del arriendo, so pena de cadu- fidud de sus dl!rccbos, soguu las cláusulas del boll!to 6 formu- lario impreso de foja ~~, cuya verdad no ha sido descouocidu J>Or el demandante . .Notifíquese con el original y repóngase el papel. C. S. tle ltt Torre. T. :UI. li