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DE JUSTICIA NACIONAL

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
TRIBUTARIO_FISCAL
Tomo 30 ID: fallos_30_83

Keywords / Subjects

TASA PROPIEDAD

Ruling Text

DE JUSTICIA NACIONAL 87 fin, acababa de saber que el campo de Nogolí, de que forma parte la fraccion que se le ha vendido, se encontraba sometido á juicio ante los Tribunales de la Provincia, por todo lo cual desistía de la oferta de compra que babia bech1) en el acto del remate de una propiedad qno le era compl~;~tamtnte inútil por las condiciones en que se encontraba y que no se habían hecho conocer oportunamente por los vendedores ; y pedía, en su consacuencia, se declaruse sin efecto dicho remate, y se le mandase devolver el cheque que había depositado en el Juzgado. Que oída la parte de Doña Cármen Perez de Fúnes, el tutor especial, el .Ministerio de Menores y el ejecutante, se pronun- ció sentencia definitiva no haciendo lugar al desistimiento que el Señor de la Torre pretendía. Y considerantlo: Primero: Que, segun el aviso de foja setenta y cinco anun- ciando el remate, y el auto de foja setenta y cuatro en que este lie efectuó, lus bienes C'Sp o~o:ifi cudos en aquel se pusieron en lici- taciou como de propiedad esclusiva del finado Don Daniel Fúnos, y por consig•Iiente, de sus sucesores los ejecutados, y en eJte concepto aparece tambien la propuesta de compra hecha por Don J osé M. de ¡¡, Torre en el acto del remate. Segundo: Que del escrito de foja treinta y uno resulta, sin embargo, confesado por la misma parte ejecutada que Jo bie- nes mencionados se conservan basta hoy sin dividirse entre los varios propietarios á quienes pertenecen; pues oponiéndose al nombramiento de peritos para la tasacion de ellos, dice tes- tualmente: u que dichos bienes existen indivisos con los demás e condueiios de la estancia principal, de la cual estos no son e sin6 desmembraciones abstractas, sin que jamás se baya in- ce tentado la division •, espresando el otro sí de dicho escrito los nombres de los condóminos de la estancia referida. Tercero: Que el tutor especial de los menores reconoce igual- mente, y Jo demuestra por estenso en su escrito de foja ciento