VISTA DEL Sll"OR PROCURADOR GENERAL
No date
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
ELECTORAL
Tomo 30
ID: fallos_30_90
Judges
Costa
Keywords / Subjects
ELECTORAL
RESPONSABILIDAD
Ruling Text
FALLOS D& LA SIJPREJIA CORTE
VISTA DEL Sll"OR PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, ~ayo 22 de 1886.
Suprema Corte:
La demanda concreta su peticion en estos términos: e se
e imponga li cada uno de los mitlmbros de la Junta Electoral
e el mbhnun de la pena, y se les ordene que en un término
e 1,ereotorio tomen on considuraci.on las actas desccb:Ldas y
e e11pidan los diplomas á los candidatos <tne resulten electos •.
Basta la simple enun\liacion de proposicion semejante para
poner de manifiesto su improcedencia.
Cuando la ley ba encomendado á tres altos funcionarios el
escrutinio de las actas, es por demált original la pretension de
constituir á uno de ellos en Juez de los demás ; ó lo que es lo
mi1mo, en Juez único.
Si loa miembros de la Junta, en el ojercicio de sus funciones
propias han delinquido, su alta inrestidura no les exime de
responsabilidad, y pueden ser llamados auto el 'l'ribunal que
la ley ha designado para hacerla efectiva, y es t¡Lmbien original
la pretension de someterles á la jurisdiccion del .Juez de Sec-
oioo, convirtiendo á la vez ú este magistrado en so propio
Juez.
Por lo denaá~J, la sentencia recurrida abunda en fundamentos
que es escusado reproducir, y me limitaré á pedir so confirma-
oiou.
Eduardo Costa .
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Buenos Airu, Junio 1• de 1886.
Vistos: por sus fundamentos, y de conformidad con lo es-