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Hágase saber; fecho pase á Contaduría para su liquidacion

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
TRIBUTARIO_FISCAL
Tomo 30 ID: fallos_30_106

Voces / Materias

ADUANA

Texto del Fallo

ttO fALLOS DE LA SUPREMA CORTE en comiso el esceso denunciado ; debiendo abonarse por el Ca- pitan del buque una multa igual al ralor del comiso declarado. Hágase saber; fecho pase á Contaduría para su liquidacion y ejecuciou de lo esputJsto en el artículo t030 de las mismas; reponiéndose los sellos por el empleado. Por el Sr. Administrador. Eduardo A m·do. Falle •el .luea W~eral Buenos Aires, No,•iembrc 19 de 1885. Autos y vistos: por las consideraciones espuestas por el Pro- curador Fiscal en su vista que precede, y considerando además que no es exacto lo aseverado por los recurrentes, cuando dicen que el Capitan baya estnbleci<lo la circunstancia de ignorar el contenido de lo que recibió, pues segun resulta de los conoci- mientos corrientes á fojas t2 y ta, consta que ha recibido una cantidad determinada; fallo confirmanc.Jo la rcsolucion de Aduana de foja tres. En consecuencia, repuestos que sean los sellos, devuélvanse los autos con el oficio correspondiente. VlSU DEL SE~OR PI\OCURADOI\ CE:.~ERAL Buenos Aires. Enero 14 de 1886. Suprema Corte : '.i'odas las razones en que los Sres. Arning y Htitz fundan la revocacion que solicitan se estrellarl contu la disposicion es- presa y terminante de la ley.