Accvedo, cuya libertad á la vez ha de senirsn V. E. decretar.
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
COMPETENCIA
Tomo 30
ID: fallos_30_124
Jueces
Acevedo
Voces / Materias
COMPETENCIA
DELITO
Texto del Fallo
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FALLOS DE L.\ SUPREMA CORTE
men de In Capitr.l, ni el Federal son competentes para conocer
de la acusacion deducida por el Agente Fiscal contra Don Eliseo
Accvedo, cuya libertad á la vez ha de senirsn V. E. decretar.
••••• •e la 8upftra ~...,
Buenos Aires, Junio 12 de 1886.
Yista la contienda dQ competencia suscitada entre el Juez
Federal de la Capital y el Juez del Crimen de In misma, con
motivo de la acusacion deducida ante este \al timo por el Agente
Fiscal contra Don Eliseo Acevedo, por injurias gra\•es y ame-
nazas dirijidas al Presidente do la Repí1blica por medio del
periódico El Debate, de que aquel es director, resulta:
Que ambos Jueces sostienen ·u competencia, fundándose el
primero, .en la ley de catorce M Sut.icmbre de mil ochoci ~ ntos
sesen.ta y tres, que por su artículo treint1\ define y castiga el
delito de desacato contra el Presidente de la Naoion ; y el se-
gundo. en el artículo treinta y dos d~ la Constitucion, que
escluye de la jurisdiccion federal los delitos cometidos por
medio de la prensa, y en la ley del aiLo cincuenta y siete .de la
Provincia de Buenos Aites, vigente, scgt1n dicl', en la Capital,
en 'irtud de lo dispuesto })Or el artículo trescientos doce de
la ley Orgánica de los Tribunales de la misma, la cual atri-
buye el conocimiento de aquellos á los jueces ordinarios.
Que, corrida vista. de la contienda aal Procurador General,
este sostiene que ninguno de dichos jueces es competente para
conocer del delito acusado; pues ambos son jueces nacionales
de la misma naturaleza y del mismo origen, y que el Congreso,
que puede dictar leyes de imprenta para los territorios donde