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DE JUSTICIA NACIONAL

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
COMPETENCIA
Tomo 30 ID: fallos_30_127

Keywords / Subjects

COMPETENCIA DELITO

Ruling Text

DE JUSTICIA NACIONAL t3i e ¡j establecer en los territorios depende Pnternmente de la e \•oluntad del Congr('SO. Como tienE' el dcr('cho de constituir e un Gobierno territorial puede darle los poderes lejislatiros, e j udicia]('s y ejecutifos, que crea con \'enicmtcs ; pncde dar e un poder lejislatiro general, sometidu solamonte á las leyes e y á la Coostituciou du lo · J.:staJos t.:" nido,;. Si la L('jislatura e territorial bn recibido el voder de crear los Tribunales, estos e 'l'ribuunlcs son estrictamente tcl'ritoriales, no sou trilmuales e constitucionales investido:. de la autoridad juuicial definida e por la Constitucion, sin6 Tribunales lejislatt'vos creados en e virtud u(!) dorccho de :soberanía, que pcrteuéCl' al Congi'CSO e Nacional ó en virtud de )¡, cláusula de la Coustitucion que e le dá derecho pnra hacer todos los reglamentos necesarios e á la administraoion de los turritorios ». Resultando de estos antecedentes que la prohibiciou constitucional que inhibe á los jueces federnles do ejercer jurisdiccion sobro los delitos cometidos por medio di} la prensa. no puede hacer ·e estensh·a á los juecc3 del tc.>rritorio de la Capital, cuya juri ·diccion es diversa de la de uquellos. Quinto: Que la ley orgánica de los Tribunales de la Capital atribuye á h~ justicia criminal de la misma ám¡>lia jurisdic- cion para conocer llc todos los delitus judiciablus eu su ter- ritorio, sin esceptuar los quu puednn cometer:;e por la ría de la prensa. Suto: Que no puede oponerse la prescripcion del al'tículo cuarto del Código Penal, por no ser este un Código de juris- diccioo y no regular, por consignit•nte, las relaciones de atribu- oion y competencia do Jos J uzgatlos 6 Tribuual('s territoriales entre sf. Sétimo : Que son lns leyes locales las que deben d('fioir los delitos de imprenta y determinar los carnctéros que los consti- tuyen; pues la Constituciou Kucional, al cstalllcoer por el artí- culo treinta y dos que el Congreso no dictará leyes que res-