D~ .11JSTICIA
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
CIVIL
Tomo 30
ID: fallos_30_221
Voces / Materias
CONTRATO
Normas Citadas
Código Civil 11011
Texto del Fallo
D~ .11JSTICIA
1"-\~101-'AL
y obtu'o el auto de aolnndo, el importe de aeis meaea de al-
quileres, como tampoco A reclamar el pago en oro.
Y considerando :
1' Que la naturaleza de la eacepcion opuesta hace innece-
sario el tr,mite de prueba que prescribe la última parte del
articulo !'71 de la Ley nacional de ~ojuiciamiento, pues la ao-
hacion de la caestion depende eacluaiu~Qente de la ioterpre-
tacion de las cl6usulas del contrato que sine de titulo ' la
ejecucion contra cuya autenticidad ninguna objecion ae ha
deducido.
te Que ea indisputable con arreglo ' los principios de no es·
tra legialacion ci1'il que un contrato de locacion desde t~l mo-
mento que ea puesto en ejecucion por el locador entregando
la cosa locada es titulo bastante para daT aeciun ejecutin
contra el locatario por el cobro de sus alquileres, atento lo que
dispone el articulo 1578 del Código Civil 11011 espUcitamente
el articulo .t65, incito 7•, del Código de Procedimientos adop·
tacto por el Congreso para loa tribunale• de la Capital, prin-
cipio que ha recibido la conaagracion de una jurisprudencia
uniforme y constante.
SO Que el coatrato suacdto por los esposos Vigneau lea im-
pone e.n so articulo t•la obligacion de pagar el SI de Octubre
de ISIU el alquiler correspondiente ' loa meaes de Febrero,
llano 1 Abril del preaente año, aclemú dt consenar ea manos
del locaclor el importe de un trimeatre como garantfa el cual
correaponderia ' loa meaea de No,iembre 1 Diciembre de SI
1 Enero del85.
4• Que las conatanoiaa de autos demuestran que aquellos
no cumplieron dicha obligaoion en la fecha indicada, dejando
tranacurrir maa de tres meses ain hacer pago alguno, de tal
suene que no solamente no han papdo los alqailerea por tri-
meatres aclelantaclos como eaU estipulado, sin6 que ni aún
conltrtaron iotegra Ja garaotfa de un triJDeatre en poder del
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