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DI IO&TitdA ftACIOlUL

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
COMERCIAL
Tomo 30 ID: fallos_30_227

Voces / Materias

BANCO IMPUESTO

Texto del Fallo

DI IO&TitdA ftACIOlUL St al decreto del Ejecutivo Nacional se le hubiera de dar la es- tenaion que se pretende; sinó simplemente certificar de una manera auténtica por medio del sello del Estado el peso y fino quo la ley asigna i cada fraccion de metal empleada en la fabrioaeioo de moneda. 190 Que de acuerdo con estos principios el curso forzoso impuesto á los billetes del Banco Nacional por el decreto de 9 de Enero del año corriente, eateudido posteriormente á otros establecimientos de crédito, no puede tener otro significado en primer lugar, que la obligacion impuesta á los particulares de recibir en pago loa billetes declarados moneda legal ; 1 en segundo lugar, dispensar al banóo emisor de pagar al portador y i la vista el valor que espresan en moneda metáli~ para aaharlo de la necesidad de liquidar, únicas dos fases que caben d.entro de lu tacultades de los Poderes Públicos que adoptaron la medida 1 que rnisten el carácter de órden público p,ara que en obedecimiento de ella nadie pueda alegar derechos adqui- ridos, ya tea por loa tenedores de billetes para e1ígir su con- veraion, ya por loa acreedores para reohuarlos de la circaluion como titulos de crédito desacreditados, rehusando admitirlos en pago de obligaciones. t& Que en cualquier otro sentido y si la mente del decreto aludido hubiese sido la de crear un valor invariable coa re- laeiou al oro haciendo obligatorio su rttcibo por sa nlor eaorito y alterando las connnciones particulares, sería de niogun valor ni efecto: to Porque emana de un poder incompetente para legislar sobre monedas y fijar su valor fuera del órden pura- mente administrativo, pues esta funcion está escluait~mente atribuida al Oongreao por el articulo 67 de la Constitucion Nacional; i" Porque un decreto carece de fuerza derogatoria de leyes emanadas del Congreso Nacioual lo que solo puede tener lugar en virtud de otra ley segun espreaamente lo día· pone el articulo t1, titulo preliminar De las Leye!J, Código