Civil, que reputa hecha e la tradicion de los inmuebles sin
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
CIVIL
Tomo 30
ID: fallos_30_248
Judges
Silva
Keywords / Subjects
PROPIEDAD
DOMINIO
Ruling Text
en divt>rsas provincias sin que los adquirentes se cuiden dl•
exigir la poseaion material, y ejercen eo casos necesarios las
acciones posesoria!!, reputándose verdaderos poseedores, fun-
dados sin duda en el artículo 33, título 2<', libro 3°, Código
Civil, que reputa hecha e la tradicion de los inmuebles sin
haber adquirido la tenencia de ellos, cuando e11tán libres de
toda otra posesion y sin contradictor que se oponga á que el
adquirente la tome , .
Y la posesion se adquiere por el acto traslativo del dominio
y el reconocimiento que hiciere el tenedor do la cosa, como lo
establece el artículo 2", título y libro citado. ~luiiios como
arrendatario de la Sra. Troucoso, reconociendo la propiedad
de la cosa en el Dr. Silva que la había adquirido, venía á
constituirse en representante del propietario y á poseer para
61.
La condicion de poseedor, era de absoluta necesidad para
tener derecho á deducir una acoion posesor111, y por esta razon
la hemos examinado detenidamente. Pero se sostiene por el
demandado, que Muiiios poseía á nombro prorio, como verda-
dero duoiio, y quo en tal caso Silv:1 no tl.!odría derecho pnra
deducir una aceion posesoria. Y se ha demostrado en efecto,
quo Muiiios so ha atribuido repetidas reces y en juicios (li\·cr-
sos la propiedad del campo; pero no so ba probado que esta
pretension la hubiera mttnifestado eo juicio con el propietario,
y por el contrario b:l quedado evidentemente ostablecitlo, que
en dos ocasione :~ se ba roconocido y confesado como poseedor
precario á titulo de arrentlamiento, habiendo litigado con el
propietario por e!itableeer ese carácter, así como el reconoci-
miento hecho al nuevo adquirente, con c¡uien convino judicial-
monte en <lar por concluido el arrondamicnto.
Por otra parte, )luiiios no podía cambiar por su propia vo-
luntad la cansa de su posesion. La máxima del Derecho Uomano :
nemo sibi cauta p(n&c&imu8 mutare potetl, ha sido incor-