DE ~USTICIA I.IIACIOI.IIAL
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 30
ID: fallos_30_259
Jueces
Costa
Texto del Fallo
DE ~USTICIA I.IIACIOI.IIAL
llands• el mismo diccionario espresa en la página 557 cH.ollandu
« Gin Made in HoJJand • ; ó sea en nuestro idioma e ginebra
fabricada en Uolaoda • . Puede verso tambien el diccionario
inglés y español de Neumann, Bare~ti, corregido y mejondo
por S. H. UJanc en el tomo 2'' p:\giuas t86 y itO relatinJQente
á la espresiones e Geneva y HoUamh. Traducidos pues, los dos
términos q Ufl constituyen la espresiou
(c. Renl Hollrmds » so
vó que tssta significa e verdadera ginebm !.lo Holanda •· espro-
siou que tendiendo á estublcr la naturaleza dd producto no pue-
de constituir una marca de f:ibrica ó de comercio. Así el artículo
so de ley de la matcr ia, liice: no se consideran como warc:1
de fábrica ó de comercio: '' " Los términos ó locuciones que
ltayiln pas:&•lo ul uso general ; 5'' L11s designaciones usualmente
empleadas para indicar la naturalua do los productos ú la olase
á que pertenece.
Por estos fundamentos, fallo: no lmciondo Jugar con costas,
{l la demanda entabhHia por los sei1orcs William Paats y Com-
pañía contra los seiiores Mooru y Tudor, y declaro, en conse-
cuencia, que pueden usar libremente do las marcas que respec-
tivamente han fegistra1o en la Oficina ~acional dfl Patentes
de luveocion.
Hágase sabor, notificándose con el original y repóngase Jos
sellos.
Andrés U{Jarriza •
...... elaS• .. ••• "-'ce
Buenos Aire~ , Julio 2i do 1886.
Vistos: Considerando (lUO la marca /lealllollamú, tal como
aparece descripta á foja reinte y ocho, y estampada á foja
treinta y seis del espediente agregado, fué concedida á William