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DE IIISTIGIA l'fACIOlUL

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
CONSTITUCIONAL
Tomo 30 ID: fallos_30_279

Jueces

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IMPUESTO INCONSTITUCIONALIDAD

Texto del Fallo

DE IIISTIGIA l'fACIOlUL 283 de la .Justicia Federal bncer dcc1arnoiones gonernlcs, sin npli- cacion dirt!ct:l á un caso práctico y señalado. La manera de proceder cuandCJ se quiere ocurrir :í los tribu· nales en casos de esta naturaleza, es bien sencilla. El que se cree perjudicado por una disposicion contraria á la Constitucion 6 A las leyes del Congreso, principia por respetar y cumplir la ley, bajo reserva ó protesta, y demanda on seguida a1 funcionario ejecutor, por la indemnh:acion á que haya lugar, ó la devolu- cion de lo que indebidamente hubiera pagado. Tal es la doctrina que Y. •;. ha establecido mus de una vez y sobre la que no es necesario insistir. Sírvase Y. ·~· confirmar la sentencia recurrida. Falle lile la 8•premn ~•"e llucnos Aires. ,\gosto 5 de 1886. Vistos y resultando: Que don Guillermo R. Moores, don Wen- ceslao Villafaiie, don Juan U. Wanldyn, y el doctor don San- tiago Balestra, representantes do las empresas de Tramways e Ciudad Buenos Aires •· e J,a Doca y Barracas •, e Anglo Ar- gentino •· y e Belgrano ~, piden por su escrito de foja una que e 110 declurt-, que la ley dictada por el Congreso, creando un impuesto á los tramways, en sostitucion de la obligacion de conservar el empedrado de las calles que recorren, el! incons- titucional como violatoria de derechos lld(¡uiridos •. Y considerando: Que uno de los caracteres esenciales del po- der judicial, cont~iste en pronunciarse en casos particulares, y no Jobro principios generales, ni JIOr 'ia de medida general. Que nsi· el Juez que declarase lu inconstitucionalidad de una