DE IIISTIGIA l'fACIOlUL
No date
|
Corte Suprema de Justicia de la Nación
CONSTITUCIONAL
Tomo 30
ID: fallos_30_279
Judges
Barra
Keywords / Subjects
IMPUESTO
INCONSTITUCIONALIDAD
Ruling Text
DE IIISTIGIA l'fACIOlUL
283
de la .Justicia Federal bncer dcc1arnoiones gonernlcs, sin npli-
cacion dirt!ct:l á un caso práctico y señalado.
La manera de proceder cuandCJ se quiere ocurrir :í los tribu·
nales en casos de esta naturaleza, es bien sencilla. El que se cree
perjudicado por una disposicion contraria á la Constitucion 6 A
las leyes del Congreso, principia por respetar y cumplir la ley,
bajo reserva ó protesta, y demanda on seguida a1 funcionario
ejecutor, por la indemnh:acion á que haya lugar, ó la devolu-
cion de lo que indebidamente hubiera pagado.
Tal es la doctrina que Y. •;. ha establecido mus de una vez y
sobre la que no es necesario insistir.
Sírvase Y. ·~· confirmar la sentencia recurrida.
Falle lile la 8•premn ~•"e
llucnos Aires. ,\gosto 5 de 1886.
Vistos y resultando: Que don Guillermo R. Moores, don Wen-
ceslao Villafaiie, don Juan U. Wanldyn, y el doctor don San-
tiago Balestra, representantes do las empresas de Tramways
e Ciudad Buenos Aires •· e J,a Doca y Barracas •, e Anglo Ar-
gentino •· y e Belgrano ~, piden por su escrito de foja una
que e 110 declurt-, que la ley dictada por el Congreso, creando
un impuesto á los tramways, en sostitucion de la obligacion de
conservar el empedrado de las calles que recorren, el! incons-
titucional como violatoria de derechos lld(¡uiridos •.
Y considerando: Que uno de los caracteres esenciales del po-
der judicial, cont~iste en pronunciarse en casos particulares, y
no Jobro principios generales, ni JIOr 'ia de medida general.
Que nsi· el Juez que declarase lu inconstitucionalidad de una