F.U.LOS OS LA StJPREMA c:ORTI\
No date
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
TRIBUTARIO_FISCAL
Tomo 30
ID: fallos_30_334
Judges
Costa
Keywords / Subjects
ADUANA
Ruling Text
338
F.U.LOS OS LA StJPREMA c:ORTI\
igual gravámeo, los azúcares producidos en est,a PrO\'ÍJlcia como
la de Jujuy, bajo el mismo pié do igualdad; pero esto, que ni
es uua buena razon económica, no esluria fundado en niogun
principio de justicia, y si el poder de imponer d~ los f~s tados
se justifica solo por este motivo, por idénticos fundamentos
los vecinos dictarían disposiciones de carácter análogo á los
productos similare11, y con el nombro de Ordenanzas, Leyes ó
Ueglamentos provinciales, las Aduanas interiores ftucdarian
restablecidas.
Finalmente, Hiendo hl rnzon de la prohibicion del artículo
diez, citado, que las Pro\"incias no \)Ucdcn menoscabar 6 difi-
cultar el ramo de im¡,ortaciones inherente á la Nacion dismi-
nuyendo sus rentas 6 quizá secando .sus fuentes, por iguales
motivos no pueden dañarse recíprocamente en sus industrias
por medio de imposiciones que se traducirian en \'erdaderas
represalias.
Por estas consideraoio!les, decluro: que la Ordenanza l\luni-
cipal por la cual se impone uno y modio real boliviano ¡1or cada
arroba de llZtloar quo se introduce ul l\lunicipio de la Cupital,
al ser ,·endida en la misma forma un que \'iniere, es repugnante
á la C"nstitucion Nacional. Jt;n con!lccuoncia. ordeno :\ los
rematador~s Tiseyra y Pirola se abstengan de cobrarla ;\ los
demandantes, sin costas. Uupónganse Los sollos que falta ·en y
ootifíc¡uesc con ul original.
llenjamill f'i9ueroa.
VISTA DEL SE.~OI\ P80Clli\.\DOR GENERAL
Sltprcml' Corte :
Du~ noa Aires, Abril 29 de 1885.
Es jurisprudencia establecida por esta Suprema Corte que