FALI.OS bE U
Sin fecha
|
Corte Suprema de Justicia de la Nación
CIVIL
Tomo 30
ID: fallos_30_340
Voces / Materias
PROPIEDAD
DOMINIO
CONTRATO
Texto del Fallo
FALI.OS bE U
SUPREMA CORTE
ferro-carril de Buenos Aires y Puerto de la Ensentúla, se babia
constituido sobre la propiedad ,Jel actor una senidumbre r<'nl
en beneficio del fundo que fué de Younger, la cual ha caído
bajo su dominio por la compra de este, y que por consiguiente
no d<'pende de la Toluntad del demandante baeerht desaparecer,
no habiéndose tampoco extinguido por };l enagenacion del fun-
do dominante, puesto que su establecimiento no fuú un bene-
ficio personal del vendedor, sinó de la propiedad.
Y considerando :
l)rtmero: Que de los antecedentes espuestos y domas al<'gado
por las J'artes, se des¡>rcnde que la cucstion <JUC el Juzgado está
llamado á resolrer es\ si existe constituida l<'galmentc una ser-
vidumbre sobre el prédio del demandante á faTor del de-
mandado y cutíl es su naturaleza, cuya solucion dependo do
la inteligencia que debe darse al contrato que corre á f. 7 del
espediente agregado, con sujeciou á los principios de nuestra
lejislacion rigente sobre la materia. (Art. tt9i del Codigo
Civil).
Segundo: Que siendo solo tres los únicos modos de cstablecct·
una servidumbre, admitidos en nuestro sistema del Codigo Ci-
vil, a saber: el contrato; la dis¡)osicion de tíltima voluntad, y
el de.s.tioo del¡)adre de familia segun los artículos 2977 y 2978,
y no tratlindose en el caso sub jtulicc de los dos últimos, l'S
necesario buscar en el primero el título en virtud del cual el
demandado funda su resistencia á la a(fcion negatoria del actor
para determinar la uat,uraleza, estensiou y límites de su de-
recho.
Tercero: Que segun se deduce de lo dispuesto en el artículo
29n citado, los contratos onerosos 6 grat~1itos en ''irtud de los
cuales se establecen las servidutnbres deben ser actos trasla-
tivos d.e propiedad, como que en realidad ·implicao una desmem-
bracion de los derechos absolutos inherentes al dominio de las
cosas, lo que significa no solamente que ba de haber tradicion y