Que los derechos y obligaciones de las partes, se derivan
No date
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
CIVIL
Tomo 30
ID: fallos_30_354
Keywords / Subjects
CONTRATO
Ruling Text
858
FALLOS DE U S()PREMA CORTE
Que los derechos y obligaciones de las partes, se derivan
del contrato mencionado, segun el cual , el :Mercado Indepen-
dencia gozaria del radio que en él se indica, y la M.uuicipalidad
baria ejecutar inmediatamente el desalojo, l'a ordenado, de los
puest.os que se encontrasen eu dicho radio, garantiendo su efec-
th•idad por siete ~lñ os, contados desde el completo de ·alojo de
este, y obligándose la em.presa del mercado ,¡ abonar anual-
monte siete mil pesos moneda corriente en compensacioo de la
efectividad de lo estipulado, y ocho mil pesos en el último año.
Que, segun la ley~ el deudor de la obligaeion es responsable
de los daños é intereses, CUilndo por culpa propia IHl dejado de
cumplirla, y la culpa consisto en la omision de aquellas clilijen-
cias que eiijiere la naturaleza de la obli¡;acioo y que correspon-
dan ú las circunstancius de l;ls personas, del tiempo y del 1 ugar
(artículos quinientos onM y quinientos doce, ()ódigo Ci\"il).
Que en la obligaciou de hacer, dbbe ejecutarse el hecho en
un tiempo propio y del modo en que fu ~ la inteucion de las par·
tes (artículo seiscientos veinte y ciuco, Código ·citado). y segun
los hechos de estas, antcrior.cs y subsiguientes al contrato,
resulta claramente que su intenciou ·fuó quo la obligaoion de
la .Munici,palidad de hacer desalojar los ¡mestos dentro del
radio del mercado, dei.Jia cumplirse por medio de la policía.
Que esto está plenamente éomprob11do por los documentos
siguientes : primero, el escrito de foja trescientos veinte y
cinco, presentado á la Municipalidad en diez y nue\"e do Octubre
de p1il ochocientos scte.nta y seis por la p .• rte del actor, en el
que respondiendo á cargo~ que ella habia hecho á la empresa del
mercado, reconoce que por largo tiempo la Muuiói¡>alidad no
pudo ourqplir sus compromisos por caus:lS ajenas á su \'Oiuotad
y que no le el'an imputables, pues dice testnlllmente, despues do
trascribir los dos primeros artículos del contrato : e F:n \'Íttud
e de tan terminantes compromisos contraídos por la .Municipa-
c Jidad, la empresa recurrió constantemente á ella para que