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PALI.OI DI U IUPUIIA COI\TI

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 30 ID: fallos_30_382

Texto del Fallo

886 PALI.OI DI U IUPUIIA COI\TI Don Jtclio Vonwiller contra :fletara y Marli, por cobro de robre- estadía~ ; robre·arraigo del juicio. SwnariO.-La ucepcion dilatoria de arraigo del juicio, no procede contra el 'cesionario del crédito de aobre·estadfas, domi- ciliado eu el pafs. aunque el deudor no haya consentido en la cuien. Calo. -Se refiere en el ......... ~ ......... . Bnenos Airea, Yayo 11 de 1886. Viatoay considerando: Prim~: Que D. Julio Von•iller ha iniciado el presente jui- cio para el cobro de un cr~dito procedente de aobre-estadfaa en Yirtad de ceaion hecha i su fnor por el capitan del buque cEcaatou D. Nicol6a V. Hagelin. Segundo: Que loa efectos de la ceaion en cauto al cetiona- rio, son hacerlo propietario del crMito cedido segun lo establece