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DI ltJIITICIA NACIONAL

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 30 ID: fallos_30_383

Keywords / Subjects

RESPONSABILIDAD

Ruling Text

DI ltJIITICIA NACIONAL el artfcolo tU'7 del Código Cilil, de modo que en el ejercicio de ooalqniera accion derinda de '1 para hacerlo efectilo, el cesio- nario obra por derecho propio. Tercero: Que teniendo el demandante Vonwill~r su domioiHo en el país, hecho no desconocido por los dcmancládos, es inapli- cable f. su respecto la disposicion del articulo '7' de la Ley Nacional de Enjuiciamiento, el cual se refiere únicamente al demandante extranjero no domiciliado. Cuarto: Que es un principio do interpretacion que los efec· tos de la ley no alcanzan mas all' de donde alcanzan las razones que la motinron, la~ cuales en el artículo citado no son otras que garantir al habitante del país contra consecuencias de una acoion promoYida por qui~n carece de responsabilidad personal 6 real en ,1, 'causa de su falta de domicilio, lo que no sucede en el presente, segam se ha demostrado en el considerando ante- rior. Qru·nw: Que ademaa. segun el articulo r.64 del Código ller· cantil, de preferente aplicacion en el caso 1ub judice, por tratarse de un cwdito esencialmente comercial, el deudor que no quiera • reconocer como acreedor al cesionario 1 que se proponga dedu- cir escepoiones que no rj!sulten de la misma naturaleza del crédito, que ~s precisamente lo que pretenden l.os señores Me- lara y Marti al oponer al demandante la e1cepcion de arraigo del juicio, debe- hacer constar su negativa de aceptacion dentro de tres dias contados dettde la notiftcacion de la cesion, coJo requisito no han cumplido aquellos, quedando por consiguiente coa. entida esta 1 operada la novacion de la persona del acree- dor que inhabiUta al deudor para opl)oerle excepciones persona· les al cedente (artículo 566 del Código de Comercio). Suto: Que por lo demas y en t~sis general, las excepciones f. que ae relereo las diapoaicioaea leJale' into.cadas por los deman• dados son lat que resultan de la naturaleza del or~dito 6 afectan su esistencia y de consiguiente al fondo de la cueatiou ¡ pero