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D& IU8TICIA NACIONAL

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
COMERCIAL
Tomo 30 ID: fallos_30_415

Jueces

Costa

Voces / Materias

BANCO IMPUESTO

Texto del Fallo

D& IU8TICIA NACIONAL 4t9 consta de autos y lo reconoce el mismo demandado, cuand" los d<'mandaotes ocurrieron al Juzgado con ese objeto, queda· ban todavía sin entregar las trclota y sois mil tejas que aquel pretende haberse roto; pero que, como este hecho no ha sido comprobado por el Capitan en las veinte y cuatro horas que le acuerda el artículo 11.&6 conservan mientras estún ' bordo ó hasta que se arrojen á la playa, con consentimiento de sus dueños 6 consignatarios, el derecho de estos para pedir el exá- meo judicial de lanería, como si la descarga no hubiese ter- mlma~o; siendo precisamente en vista de esta circunstancia que la ley ha impuesto el reconocimiento al Capitan como un deber. acordándolo al consignatario como un derecho. Por esto!l fundamentos, fallo, condenando al Capitan Sava- resse t\ la en~rega de las tr~inta y seis mil tejas faltantes prél"ia deduccion de un diez por cien sobre la totalldad del car- gamento que el demandante admite como quebrazon natural, 6 en su defecto á que pague su impor~e. el cu .. l será fijado por peritos con arreglo tll l'alor que tenian al tiempo de la entrega de la carga, con sus intereses moratorios segun la taza del Banco. Not{fiquese original. Savaresse apeló de este fallo en el fondo. Carnet y Compañia apel•ron del mismo en la parte en que no conden6 en costas ti Sa varesse. Ante la Suprema C6rte Savaresse desistió de so apelacion, sosteniendo la sentencia en la parte apelada por·Carnet 1 Compañía • ...._ ........... e .... Bueno• Airea, Setiembre 7 tle 1886. Y vistos : Quedando reducida la apolacion pendiente ante