OS JIIITICIA lUCIORAL
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
TRIBUTARIO_FISCAL
Tomo 30
ID: fallos_30_425
Keywords / Subjects
ADUANA
Ruling Text
OS JIIITICIA lUCIORAL
Primero: Que con fecha 9 de Setiembre del año pr61imo pa-
sado, se presentó al Juzgado D. Ju)io Migoya en represen-
tacion de D. Luis ~lonsegur, demandando á D. Camilo Lafont
por la cantidad de -198.8! pes<.:s moneda nacional que le adl.'u-
daba por comisiones, sellos, derechos de Aduana, y otros gastos
para el despacho de las mercaderías que se mencionan en la
cuenta agregada á foja 9 venidas en los npore!J /losse, en·
trado el 25 de Febrero de t88ó, l'ortci"ia en Febrero t4,
//andel <>n F'ebrero il, ft'iger tn Enero t9 y f fJUateltr en ¡.:nero
!9 del mismo año.
Segumlo : Que el dNnan·dado contestó á foj1 ti manift>stando
que solo adt!udaba á Monsegnr la suma de ti9 pesos con t3
oenta·vos, la que estaba dispuesto á abonar t>n el acto, pues
de la suma que arrojaba á favor del demandante la cuenta de
foja 9, debiu deducirse la cnntidad de. 319 pesos eon 69 centavos
por exct>so de derechos pagados en la Aduana por merca4erías
venidas en el vapor Corea11 sin formular, no obstante, contra•
itemaoda por dicha suma, por lo que el Juzgado se limitó á oir al
actor respecto de Jos dooumttnlos present11dos con la cootes-
tacion.
Y considerando: Primero: Que segun el artículo 86 de la
ley Nacional de Enjuiciamiento, el dernanda!lo debe contestar
confe¡¡ando ó uegando categ6ricamt>nte los hechos en que se
funda la accioo, pudiendo estim;arse su silencio ó su respuesta
evasiva como un reconocimiento de la verdad de ellos, cuyo
precepto es igualmente aplicable á los documentos con que se
instruye.
Seaumw: Qut> los términos en r¡uP. ha sido contestada la
demanda, demuestran claramente que el demandado reconoce
la exuctitud de la cuenta de foja 9, pues no solamente oo se
ba hecho obsenacion alguna sobre ninguna de sus partidas,
sinó que se la ha tomado como base para deducir de su importe
la <'untidad que el demandado oree tener derecho 4 reclamar