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SUPRIMA COftTI ., .............. ,.. .... Bueno:~

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
PROCESAL_EVIDENCIA
Tomo 30 ID: fallos_30_428

Voces / Materias

COSA JUZGADA

Texto del Fallo

F~LLOS D& LA "SUPRIMA COftTI ., .............. ,.. .... Bueno:~ "Aires, Se.ietnbre 18 de 1885. Y vistos- estos autos iniciados por demanda de D. Juan W. \Villiams, contra :D. Coostaaítino Graod, por rei.vindicacion de sesenta_y tres mil sei'scientos sesenta metros c11adrados de terreno en los ·corrales y de los que se dice dueño el deman- dante en virtud de las escrituras que presentá tí foja 3, es• tando en posesion de ellas ·el demandado, solo á consecuencia de err6oeas mensuras. Y considerando~ l't•imer.o: Qt~e D. Constantino Grand ha opuesto, como ·medio de defensa, la cosa juzgada, sosteniendo con los documentos de foj;a 19 que WiU~ams fué vco.cido e,u julcio sobre las mism1.1s pretensiones que deduce hoy cont.ra él, en otro juicio sobr'e mensura con Mejia, de quien deriva su título á los terrenos en cuestion. St•g,tm(lo: 'Que del compllJ'endo verbal á qu,e fuerou eonvo- cndas las partes:, acta d.e foja 38, resulta por conformidad de las mismas, que el juiéio á que se reti·erc ha p1ute de Grand en la eontestttciou de la demanda, fersaba sobre l.os mismos ter- rt'nos, objeto de estos autos, quedando p.or consigU1icnte redu- eiclo el caso snb-judice á una mera cuestion de derecho, á saber: si las sentenci3s invoca.dus por la parte de Grand, y cuyo testimonio ha acompañad , pronuneia4as crJ un juicio ctc men- sura entre D. Santiago Day y D. F'ellerico Mejia., como co- lindantes, pued ~ n ser opuestas como cosa juzgada por D. Cons- tantino Graud contra D. Juan W. Williams, sucesores á titulo parti·cular de los anteriores, en un juicio por rcivindica- cion. Tercero: Que con respecto 1Í este punto, no es posible desconocer que los dert'chos respectivos que se ponen hoy en