SUPRIMA COftTI ., .............. ,.. .... Bueno:~
No date
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
PROCESAL_EVIDENCIA
Tomo 30
ID: fallos_30_428
Keywords / Subjects
COSA JUZGADA
Ruling Text
F~LLOS D& LA "SUPRIMA COftTI
., .............. ,.. ....
Bueno:~ "Aires, Se.ietnbre 18 de 1885.
Y vistos- estos autos iniciados por demanda de D. Juan
W. \Villiams, contra :D. Coostaaítino Graod, por rei.vindicacion
de sesenta_y tres mil sei'scientos sesenta metros c11adrados de
terreno en los ·corrales y de los que se dice dueño el deman-
dante en virtud de las escrituras que presentá tí foja 3, es•
tando en posesion de ellas ·el demandado, solo á consecuencia
de err6oeas mensuras.
Y considerando~ l't•imer.o: Qt~e D. Constantino Grand ha
opuesto, como ·medio de defensa, la cosa juzgada, sosteniendo
con los documentos de foj;a 19 que WiU~ams fué vco.cido e,u
julcio sobre las mism1.1s pretensiones que deduce hoy cont.ra él,
en otro juicio sobr'e mensura con Mejia, de quien deriva su
título á los terrenos en cuestion.
St•g,tm(lo: 'Que del compllJ'endo verbal á qu,e fuerou eonvo-
cndas las partes:, acta d.e foja 38, resulta por conformidad de
las mismas, que el juiéio á que se reti·erc ha p1ute de Grand en
la eontestttciou de la demanda, fersaba sobre l.os mismos ter-
rt'nos, objeto de estos autos, quedando p.or consigU1icnte redu-
eiclo el caso snb-judice á una mera cuestion de derecho, á saber:
si las sentenci3s invoca.dus por la parte de Grand, y cuyo
testimonio ha acompañad , pronuneia4as crJ un juicio ctc men-
sura entre D. Santiago Day y D. F'ellerico Mejia., como co-
lindantes, pued ~ n ser opuestas como cosa juzgada por D. Cons-
tantino Graud contra D. Juan W. Williams, sucesores á
titulo parti·cular de los anteriores, en un juicio por rcivindica-
cion.
Tercero: Que con respecto 1Í este punto, no es posible
desconocer que los dert'chos respectivos que se ponen hoy en