DE JIJSTICIA UCIONAL
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
CIVIL
Tomo 30
ID: fallos_30_439
Voces / Materias
DOMINIO
Texto del Fallo
DE JIJSTICIA UCIONAL
0011 J•rtstor fJMllc. COilll'fl la /'rfll Íncia di! J/em/o:;a : 'IOIJrc
aprot•.:t:/I(Wilenlu de ft!JUtl tlc/ rio Ttmuyan !J cu111petencia.
Sumario.- t o La Suprema Corte e•· competente para enten-
der en la c.tusa de un extranjero contra unu proTincia, en la
que, segun el actor. l:ts tP.soluciones del Poder l:!jccutiTo afec-
tan derechos reales constituidos ti su favor.
2" Las aguns que corren por los cauces naturales de los rios.
son bienes del dominio público que no pueden enagenarse en
todo ó en parte; y su uso se halla subordinado ' las reglas que
dicte la administracion ó la Policía local.
so Estas reglas son variables y pueden sor revocadas, 6 mo·
dificada,, seguu sean las necesidlldes p\1blicns á juicio de la
administracion; re. .. ult:mdo así, que el goce concedido J>Or ellas
es precario, y no puede constituir derechos reales á favor de
los particulares.
Caso. ·- Se halla espucsto en el fallo que diet6 la Suprema
Corto, dospues de oido el aeiior Procurador General. sobre la
competencio.