eo la esta· cion correspondiente, no siendo t11mpoco la oportunidad para oponer escepciones, haga uso esta part~t de su derecho en la
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 30
ID: fallos_30_497
Jueces
Don Francitco
Voces / Materias
QUEJA
Texto del Fallo
ral de la Capital Dr. Tedin, un pagar6 del Dr. Don Francitco J.
Ortil fechado en Salta, 1 obtat'o auto ordenando el reco~oci
miento de 8rma.
};¡ Dr. Ortiz ae presentó 1 dedujo las escepoiones do incom-
petencia 1 reousacion •
......... .. _ ....... .
Buenos Aírea. Julio 31 de 1886.
Téngasele por parte á m6rito del poder es:bibido 1se da
por constituido el domicilio que •• determina; 1 teniendo pre·
sente que el Dr. Ortiz no tiene personería para entrar al juicio
desde que no ba practicado aún el reconoeimieato del doeamen-
to que ae le atribuJe, no pu.iendo por lo tanto entorpecer loa
proc:~dimientos con recusaciones quedebeadeducira" eo la esta·
cion correspondiente, no siendo t11mpoco la oportunidad para
oponer escepciones, haga uso esta part~t de su derecho en la "'·
tacion debida, 1 agrégueae á los autos. Repóngase la foja.
Tldín.
Benites pidió se diera por reconocida la firma 1 as{ ae pro•
Yeyó en rebeldfa del Dr. Ortb.
El Dr. Ortiz apeló de las proYidencias del Juez FederaiJ se
le negó el recurso.
Ocurrió por Tía de queja 4 la Suprema Corte.
Buenos Aires, Asoato !1 de 1888.
\'istos en el acuerdo: Trarendo gradmen irreparable los