Ordenanzas de .Minas.
No date
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
COMERCIAL
Tomo 30
ID: fallos_30_530
Keywords / Subjects
SOCIEDAD
CONTRATO
Ruling Text
FALLOS D& LA SOnDA COftft
nombren un intenentor que fiscalice las cuentas de adminis-
tracioa con sujtcion ' los artíouloii !3 1 i5 del titulo 3° de las
Ordenanzas de .Minas.
Y considt'tanclo: Prim~o: Que los ejecutados Valdés y Lar-
rabona han sido declarado&, por auto de foja t 19 Yuelta, contu-
maces 1 rebeldes.
Sfgundo: Que al contumaz declarado no se le d' audiencia,
oi ae le admite recurso alguno, sal Yo el de rescision, (artíeul o
t91 ley de Procedimientos).
Tercero: Que el auto de la citacion de remate import1lría dar
audiencia 'los ejecutados para que dedujesen y probasen soiS
eacepciones un el término legul.
Cuarto: Que no puede ser ese el propósito y espíritu del
actor al hacer semejante solicitud, cuando pide al mismo tiempo
que para decretarla se tenga presente el auto en que se decla-
raron rebeldes á los demandados.
Quinto: Que en cuanto' la entrega de la mina Urulungos,
consta del auto de fojas tiS 1 t!7, que ae suspendió la rt!·
solucion de dicha solicitud basta t1lnto se pronunciase senten-
cia en la tercería de oposicion escluyente, deducida por el
Gerente de la Sociedad e Campos 1 Valdéu, de los bienes
embargados.
Stlto: Que por resolucion de la Suprema Corte de Justicia
Nacional, en la referida tercería y c.uyos autos se tienen ' la
Yista, no se ha hecho lugar á aquella, fundada en el priwilegio
qul' el crédito del ejecutante tiene en la mina y establecimiento
embargados, como último aviador; en lr.s estipulaciones del
contrato de foja 5 Yoelta, eto., etc.
Sétimo: Que el artículo 4\1 de di\1ho contrato. esJ•resamente
atribuye á Treloar el derecho d" tomar la administracion de la
mina Upulungos 1 estableoimh:nto el «Progreso~ basta pa-
garse, con arreglo li las ordenanzas de minería, el crédito que
persigue.