Valdés no podría desistir de él, com<• lo pretende, por cuanto
Sin fecha
|
Corte Suprema de Justicia de la Nación
CIVIL
Tomo 30
ID: fallos_30_535
Jueces
Costa
Voces / Materias
SOCIEDAD
DAÑOS Y PERJUICIOS
CONTRATO
Texto del Fallo
jurídicos como una transaccion de derechos litigiosos, el Sr.
Valdés no podría desistir de él, com<• lo pretende, por cuanto
ha sido espresamcnte ratificado ante ('1 Juez de lu causa por el
Sr. Treloar, en su esposicion de foja tOS, acompañando dicha
escritura ; y por Valdés, al presentaar, á. foj;l t tt, bienes para
el embargo, al ser requerido nuevamente de pago, en mé-
rito de aquel (mandamiento de embargo de foja tOO): suscri-
biendo ambos, áute el Juez colllisionado, un nUl'fO acuerdo sobre
la formm en que debía \"erificarse el pago del crédito, de
conformidad á los contratos pr~t·xistentes .
. Décimo: Que adomás, consta ú foja 37 del espediento de
tercería, que se tiene á In vista, t¡ne el Sr. Valdés, so lta adhe-
rido á la tercer(a de oposicion t~sc luyento que el Sr. D. Julio
Campos, socio gerentt' de h Sociedad e Campus y Valdés •· de-
dujo á consecuencia del embargo trabado en los bienes presenta-
dos por Valdés yau pt•ulus pur Treloar, y que la Suprema Corte
declaró improcedente diuha tercería, baci\:ndo mérito en su
resolucion, de la trausaccion de foja 68 tut>lta y del pacto de
foja tOt á foja tOo&. que la dejó sin electo. Hechos que demues-
lnn evidentemente que el Sr. \' aldés reconoció siempre el
derecho del actor 'l'reloar, para exigirle nunamente el cum-
plimiento do sus obligaciones, por la vi11 de apremio.
Por estoiJ fundament11s, definitivamente j uzg:ando, fallo: no
haciendo lugar con costas ;'t la rcscision del 1mto de fecha S de
Agosto próximo pas:ulo,corricntc ,¡ foja t57. Ensuconseeuencia,
llévese adelante su ejcntcion, dejando á salvo al Sr. Treloar sus
acciones para detlucirlas coutr1' Valdés por los daños y perjuicios
que le hubiera irrogado, con ocasion de e~ te recurso, tlon4e y
cómo ~~orresponda. ~otiríc¡u e.se eon el original.
.vardoqueo ~tlolina.