Ley Orgánica do t88t, ni ~&doptado todas las leyes de prooetli·
No date
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
PENAL
Tomo 30
ID: fallos_30_548
Keywords / Subjects
DELITO
Ruling Text
FALLOS DE U SUfUti f:Oift
Ley Orgánica do t88t, ni ~&doptado todas las leyes de prooetli·
mientos de la Pro\"incia de Buenos Aires, siu6 que babia ma-
nifestado su intoucion opuesta, suprimiendo del proyecto de
aquella ley los artículos en que espresamente se la conferían
y adoptando el Código Penal de la misma Pro\"inciu, que esta-
blece que sus disposicion·Js no comprf•nd~n los delitos de im·
prenta; y eu que, no estando ou vigencia las leyes nacionales
anteriores sobre la materia, no uistia ley de imprenta en la
capital, y de consiguiente,
t~eg uu 111 llrtíeulo t8 de la Cousti-
tueiou, no podía procederse al juicio prévio fundado en ley
•11terior al hecho d<'l proceso, indisponsable para jla imposi-
cioo de la pena.
El nono estudio que de la cuestion he hecho, me ha confir-
mado en mi~ ideas anteriores, y juzgando qutll&s consideracio-
nes espuestas son aplicables en el presente caso, pienso que
debe revocarse el auto ap• lado y declararse que nu es compe-
tente para coooc&r de él la justicia local.
UUDISLAO FRIAS.