FALt~S DI LA, S~PRIMA CORTE
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
CIVIL
Tomo 30
ID: fallos_30_620
Keywords / Subjects
CONTRATO
Ruling Text
FALt~S DI LA, S~PRIMA CORTE
de la mitad de un inmueble á tanto la medida, contenga más
6 menos medida, no se trat,a del derecho á los sobrantes que no
hay ni puede haber desde que en el contrato no se fij6 el íirea
total que pudiera servir d~ norma para establecer la existencia
de sobran tea, siendo l1' cuostion á decidir, simpltmente, si la
mit.ad del inmueble que fué la íntencion de las partes comprar
y vender qucd6 determinada por una operacion pericial decla-
rada errónea por· los mismos contratantes y por el Gobierno; y
si ella pudo servir de base legal para el cumplimiento de las
obligaciones del contrato.
(Jun1lo: Que esto establecido, el articulo 929 del C6digo Civil
resqelve: que el error de hecho no perjudic1' cuado ha habido
razon para errar. Así pues, la escrituracion do 1863, basada en
un error de hecho, no puede privar á Ortiz de .obtener la totali-
dad de los terrenos comprados, cuando por mcdiaT una 011cra-
cion técnica su error es esplicable.
Sesto: Que aún en el supuesto de que por esta escritura las
partes hubiesen decl.arado en términos espresos cumplido el
contrato primitivo y á la vendedora libre de las obligaciones
que él le imponía, constatado que un ('rror dió lugar á esa libo-
rac.ion, la obligaeion renace y el comp~:ador conserva el derecho
de exijir su cumpli~Dieuto (articulo 797, Código citado).
Sépt1.mo: Que siendo esta lu doctrina cuand.o ha mediado
liberacion cspresa, con más razon debo aplicarse al caso en
cuestion, en que la segunda escritura no contiene tal dcclaracion,
y solo debe considerarse como el cumplimiento parcial do la
obligacion contraída.
Oc,avo: Que tampoco ha caducado el derecho de Ortiz por la
presc.ripcion, como se pretende, pues que esta en las obligacio-
nes á ¡1lazo e principia á correr desde lu fecha en que el plazo
se haya cumplido • (' artículo 3957, Oódigo ci.tado ); y no puede
dudarse que la obligacion de escriturar y entregar terrenos
vendidos con sujeeion ú medida ts á ¡1Jazo inoiarto, por depc.nder