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DE IUSnCIA lUCIOlU.L

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
CIVIL
Tomo 30 ID: fallos_30_621

Keywords / Subjects

PROPIEDAD

Ruling Text

• DE IUSnCIA lUCIOlU.L su cumplimiento de la. mensura, la cual, como su aprobncion, estaba subordinada á su ,·ez á la comprobacion dt! la propiedad del vendedor espresamente t.>stipulada; hecho que dependiendo de la voluntad de é te retardaba la nij ibidad de la con,encion ( Aubry y Rau, § 303, tomo 4::. ). i\"ove110: Que por lo tanto, l1abi~nd ose cumplido el plazo el dia en que el Gobierno resoh'ió sobre la mensura, fijando el área verdadera de los terrenos contratados ( t4 de Marzo de tstU ), no ha corrido desde esa fecha hasta la de la demanda el térmi· no de diez aiios establecido para la prescripcion ordinaria de las acciones personales (articulo .w23 del Código Cifil ). D~cimo: Que á t•sto no se opone la aparente limitaci(lo del artículo 3957, Código cit:ldo, IJUC se reliere á las obligaciones ti término cierto, pues con mayor razon deben considerarse com- prendidas en su disposicion las á tér1t1ino incierto: porc¡ue á parte de ser un {)rincipio de derecho, que la prescripcion no principia á correr antes que haya nacido la accion de cuya cadu- cidad se trata ( argumento del articulo citado y del 40'.!3 ), las obligaciones á término incierto se asimilan :i las condiciona- los, respecto de las cuales rije especialmente este principio. más a!'tn que lag á término cierto ( Auhry y Hau, § 212, letra a) t"mlét:imo: Que aunque así no fuera en los ca os que por imposibilidad de hecho se hubi{'se impedido temporalmente el ejercicio de una accion, el acreedor ó el propietario pueden ser li hrados de las consecuencias de la presc.-ripcion (artículo 3980, Código citado), y la imposibilidad de Ottiz para accionar está demostrad:' en autos, pue:~ interrumpida la prescripcion por el reconocimiento tic JI\ obligacion becba i~Or el deudor en la escri· tura tle t863, nquel. en f8i2, nue\'e aíios despues, cuando tino en conocimiento del crrnr " 11 qnf! incurrió Soutignes, inició nuevamente Ja gPstion ante el Gobierno p:ara obtPner Ja rectili- t~aci on de la mensura ; r('ctilicacion que no quedó legalmente coucluitla, á pesar de su instancia, hasta que el Gollierno quizo T.XSI ~