iniciados por Don lfolipe Zamorano con- tra el Jnl'z de Paz <le ha seccion cuarta de la Capital, Don Julio
No date
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 30
ID: fallos_30_630
Ruling Text
FALLOS DI LA SUPIWL\ COI\TE
(;AIJ8A CJSLII
Don f'clitJe Zamorano, ccmlt·a /Jon Julio Sedas; por in(raccion
de lct ley ,le elecciones.
Sumario. - .El hecho de no haber el ,Juez de Paz concurrido á
instalaren el á trio de la iglesia parroq t1ialla Junta Calificadora,
constituye una de l:a.s nuís gmvcs infracciones de la ley electo-
ral, y debe ser castigadll con elmá:ümun de la pena establecida
por el artículo Q9.
Caso. -
Se bulla referido en ol siguiente :
Bueno!! Aires, Octubre 9 de 1885.
Y vistos estos autos iniciados por Don lfolipe Zamorano con-
tra el Jnl'z de Paz <le ha seccion cuarta de la Capital, Don Julio
S. Salas, por infmcciou á la ley de elecciones, consistente en ba·
ber instalatto el Oomingo último la mt>sa calificadora de Mon-
serrat, con solo la presencia del suplente Don Pedro Carrasco,