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iniciados por Don lfolipe Zamorano con- tra el Jnl'z de Paz <le ha seccion cuarta de la Capital, Don Julio

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 30 ID: fallos_30_630

Ruling Text

FALLOS DI LA SUPIWL\ COI\TE (;AIJ8A CJSLII Don f'clitJe Zamorano, ccmlt·a /Jon Julio Sedas; por in(raccion de lct ley ,le elecciones. Sumario. - .El hecho de no haber el ,Juez de Paz concurrido á instalaren el á trio de la iglesia parroq t1ialla Junta Calificadora, constituye una de l:a.s nuís gmvcs infracciones de la ley electo- ral, y debe ser castigadll con elmá:ümun de la pena establecida por el artículo Q9. Caso. - Se bulla referido en ol siguiente : Bueno!! Aires, Octubre 9 de 1885. Y vistos estos autos iniciados por Don lfolipe Zamorano con- tra el Jnl'z de Paz <le ha seccion cuarta de la Capital, Don Julio S. Salas, por infmcciou á la ley de elecciones, consistente en ba· ber instalatto el Oomingo último la mt>sa calificadora de Mon- serrat, con solo la presencia del suplente Don Pedro Carrasco,