DE JIJSTICL\ l'CACIOlUL
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 30
ID: fallos_30_631
Voces / Materias
NULIDAD
Texto del Fallo
DE JIJSTICL\ l'CACIOlUL
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en el local del Juzgado de I»nz, contrariando las disposiciones
espr~sns ele la ley de la materia y decretos del Pod.er EjcoutiYo
Nacional, dando motifo con esle proceder á que los titulares
señores Juan Sbaw (hijo) y }'l:'derico Jlence, que concurrieron al
á trio de la iglcshl parroquial, lerantárau una protesta que fné
elerada al Ministerio del Interior; y considerando:
t n Que fundada en estos untcccdcutes la parto actora pide se
declare la nulidad de la
in ~crip ci on verificada por el Juez de
Paz en union con el suplente Don Pedro Carrasco, en el local del
Juzgado y so aplir¡uc ú sus autores las 1)enns qtte corresponde.
2" Que courocados á juicio rerual el demandante y el Juez
de l>az \babil!ndo e omitido la citacion del suplente señor Car-
rasco, por cuanto resulta dn la mi ma ncusacion y acta acom-
paiiadas 'l u e su presencia en 1'1 :itrio no fué necesaria por ha-
llano prcsentt! los titulares), solo cou1pareci6 la parto deman-
dante, quien se limitó en (:1 á rectificar su acusaoion, y en el
acto del comparendo se presentó un t!scrito del Juez de Paz,
señor Salas, en el que mauifir~ta no serie IJosible asistir al
juicio verbal por cncontriHSC :\lgo indispuesto y declina la juris-
diccion de este Juzgado, fundado en que el Juez Federal á que
se rcfiére la ley adicional de cloccionu de 1883, no es otro que el
creado·por la lty de orga:tizacion de los tril>unales de la Capital,
de t 881, en su tí tu lo 1 ,. , nl cual, entre otras atribuciones, le
confiere lll de cntendl'r en Jo· llelitos cometidos un el territorio
de la Capital con Yiolacion de leyes nacionales de car{tcter ge-
neral par ' la u ~pública (articulo 10,, , inciso 13).
3" Que la jurisdicciou tic este Juzg:&do está esplícitamente
conf~rid :L por 1:& ley da u crt!acion, de 4iO do Octubre do t882 y
decreto reglamentario dt•l 27 tld mismo, dcsdt! que de materia
pCIHll se tmta, siendo uno do los objetos de la demanda la
aplicacion de las pcuns corre · po nd ien t~s :í los ;mtores de las
infracciones denunoiallas.
4~ l}ue uo habie.udo llegado el tórmiuo fijado por loR artículos