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Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 30
ID: fallos_30_667
Jueces
Don Cátlos
Texto del Fallo
DE JliSTICl,\ N,\CI()N.\L
671
ruacion de la ,·hu.la y en el testimonio de tres tes ti~os . que de-
claran t¡ue /J. Alejo (iccrcia tuvo :úempre cstctblec:da ('" c.~ta citl-
datl ci su familia., Clt (lomle ha 1·esitlido y rt•side :m lt'!Jitima
t•sposa /Joita .llllrÍll. ltomcro de {lttrcia (f. i2 ''La.).
!,ero en estas declaraciones se ha omitido uu hecho capital.
cual es, nada menos, qua la e ·pn•sada Doiia ~Maria Uomero riria
separada de su esposo hacia treinta atios ; hecho que, afirmad('
con frecuencia, no se ha _negado un1L sola \"CZ por la misma inte-
resada. Y esta circunstancia. por uua¡>arte, y la raguudad do las
rleclaraciones do f. t23 á t2:;. por otm, estim muy ll'jos do des-
virtuar la afirmncion de las autoridades de \"icdma, el Gura y
ol Juez de Paz, que dán como nn bl!cho notorio y de todos cono-
cidos, qu<! la residencia de U .. \lcjo era y babia sido por nuís de
t.reiutaniios en aquel territorio nacion~l.
l,or esto, y muy cs¡>resamentc por estar ra(licado el juicio
testamentario unte el Juzgado do Paz del espresado territorio
.::ou el asentimiento do la mismn viuda, segun se ha risto, pido
:i Y. E. se sir\':t declarar que auto el mismo deuc continuarse.
l~'tlua rdo f'osttL
Falle••ta8u ..... c: ... e
Buenos .\ires, ~o' iemhro.! 5 .le 188.>.
\"is:;os: De conformidad con lo espucsto y pedido por el Seüor
l,rocurador General, se declara que el competente ¡1ara cono-
cer en el juicio de la testamentaría de Don Alejo Garcia es el
.Juez de Paz de Y iedma; remítansele en consecuencia los autos,
y hágase saber por Secretaría al Juez de Primera Instancia de
esta Capital, Dr. Don Cátlos )lolina Arrott>a.
l. h . GOROSTI.\G.\.-1. DOMiftGVEZ
-- t'EDERICO IDARGtBEN.