DE I¡A COR'l'E
31/01/1899
|
Corte Suprema de Justicia de la Nación
TRIBUTARIO_FISCAL
Tomo 336
ID: fallos_336_70
Voces / Materias
IMPUESTO
Normas Citadas
ley 3764
Texto del Fallo
~'ALLOS
DE I¡A COR'l'E
SUPR~JMA
petencia de ellos, la uniformidad de sus conclusiones,' la con.-
,cordancias
de
estos
con las declaraciones
de los testigos
y
que éstos
están
contestes, ¡según lo dispuesto
en el artículo
204 de la. ley procesal de ra capital y artículo
26 de la ley
de reforma
á l.a citada ley, amba~ supletorias
á la ley de
procedimientos
federales,
está legalmente
comprobalio que la
pérdida de 30.000
litros de alcohol más ó menos, que aparece
de deficit entre los inventarios,
se ha producido ,por derrame,
filtraciones
y
evaporación.
5.a-Está
demostrado
por el dictamen
del control técnico,
de foja 67, del expediente administrativo
que la administración
general
de
impuestos internos
tenía
conocimiento del estado'
en que: se ,encontraban lo's tanques del ingenio «La Providencia»,
como t~mbién por hL comunicación 'de foja 79 (de estos ~utos),
informes
y
la resolución
de
foja 79 ordenando
que
el al-
cohol se traslade á depósito fiscal, orden que qm~dóen'suspenso
por la resolución de foja 81 vuelta.
Aun
cuando
la administración
no :hubiese tenido
esa
co-
municición
oficial
del estado
en que estaban
esos tanques
y tubos, por el artículo
43 de, la ley 3764
estaba autorizada
para
inspeccionar.
Según
el artículo
17 d-el decr~to
de
31
de enero
de
1899,
to'do alcohol elaborado
debe pasar de la
destilería
á depósito
fiscal, salvo que el depósito
particular
fuera declarado
fiscal. La administración
tenía, ~~1tonces, co,o
nocimiento
del. e;tadp
en
que
se encontraban
los :tanques.
tos
empleados
no han debido
tener las llaves del depósito,
desde q~e no era fiscal; tampoco h~n debido delegar la res:,
ponsabilidad
'que habían
contraído,
pues que han dejado
de
cumplir
sus
obligaciones:
Consta
á foja 91, que el depósito particular
recién ha sido
declarado
fiscal el 12 de octubre
de 1900,
mientras
que los
hechos anteriores
han tenido lugar de mayo de 1899 á enero
de
1900.
)