← Back to results

Que. en cuanto

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
TRIBUTARIO_FISCAL
Tomo 336 ID: fallos_336_80

Keywords / Subjects

IMPUESTO SOCIEDAD

Ruling Text

Que. en cuanto á la condenaci6n .en costas pedid.a por la parte de la sociedad, <::llaes improcedente, atenta la circuns" . , tancia~ de hab'~rexistido resoluciones contradictorias en el caso, y de la naturaleza' y dificultades d.~.las cuestiones. deba- tidas. / concor"dantes Por estas consideraciones y las de la sentencia apelada de foja 278, . se la. confirma en todas sus' partes, ; , debiendo ser satisfechas las costas en el orden causado en la instancia. 1-Tágase saber con' el 'original y devuélvanse, debiendo re- ponerse los sellos ante el inkrior. A. BJ<jRlIm.To.-OCTAYIO lkx- c.m.-NIC.A.J.~OR G. m;T, So- LAR.-O.MoYANO GACITÚA. Notificada del precedente fa.no, la parte actora pldi6 aclara ci6n respecto á los i[nteres-cs, maniffestando: que la sentcnci ••. de la cámara federal, reformatldo la 'del inferior, eximi6 ;Í la administraci6n de impuestos de la oblig.aci6n de abonar los intereses de las sumas cobradas. indebidamente; que ¡Jür ese motivo, ella ap.eló, también, de dicha r.esolución, pid:iendo c¡ue ésta' fuera completJakla,.declaxándose que d~bía ábonárseJe los intereses computados' desde la fecha en que se .efectuó el pago de los impuestos, 6, á lo menos, desde la fecha d.e la demanda. HESOLUCIÓJS DE LA. COHTE SlJl'RE)IA Bucno" Ah'cs, Setiembre 24"i1c lOOR Autos y vistos Estando confirmad,). la s entencia de. fojas 278 en todas sus partes. y siendo uno de sus pronunciamiento la exhonera.