IJ.8. ~AClO::\'
No date
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
CIVIL
Tomo 336
ID: fallos_336_167
Keywords / Subjects
PROPIEDAD
Ruling Text
1m
.JUSTICI.-\. Dm
IJ.8. ~AClO::\'
171
se ha juzgado, en presencia de las pruebas prodLlcidas ~:..pnnci-
pahnentc
de los i nf.orm.es p;ericiaL:s, sobre
el área
probable
tomada
por la municipalidad
para
ensalyhe
de la c:llle Co-
rrientes;
y me parece
qu~ ese juicio es .~xacto al reconocer
únicamenteL:t
superficie
de
417
metros
67
centím.~tros.
Las declaraciones
de los testigos presentados
por el actor
no dem:u':,stran cuál fué la ext~:nsjón de terreno
qu':, se apro-
¡:i':>
la municipalidad
para
el ensanche
de
la calle;
y si s~
tiene presente
qU2 los títulos de información
acompañados
á
la
demanda
determinan
por límite norte
do.:la propiedad
la
calle Corri~ntes, .aparece p;.::rfectament.efundada
la coriclusión
del perito tercero
á fojas
154,
según la cual sólo corresponde
al ensanche
de la referida 'calle la superficie de
417
metros
67
centímetros.
Toda la
merma
que haya podido producirse
en
el área
atribuida
al inmuebk
"n2cesariam.ente ha debido
producirse por otros rumbos de b mism'3, pues por {'l límite del
ensanche
existe acuerdo
en que él comprendió
la ext.~nsión
que se ha indicado.
Ahora
bien, el ensanche
de la c:tlk:
comprende
la par'te
destinad~l á la
vér-eda, como lo
expr:'sa
el
referido 'perito,
siendo
indiferente
entol1c~s la superficie
que
á ~sta se dé;
y en tal
concepto
,no puede modificar
el área tom.ada á la
propiedad,
No se ha probado
que al d;:tr la municipalidad
la
línea el,' c-dificJ.ción, p'')r .::Pa se h'lya
tom3do
más
terreno
al inmuebl'e
Considero,
en consecuenCIa ,qU-E:
)a conclusión
dd
inferior
es arreglada
á la prueba
de los hechos,
á lo qu'~ resulta
de
los documentos
presentados
y .al dictamen
del p;~rito tercero,
basado
en ,aquellos .antecedent~s y concordant.es con los prin-
cipios de
la
buena
lógica.
Artículo
26 de
la
ley 'd,e 3 de
Octubre
de
1902.
En
cuanto
á la iPJr.escripci6ninvocada
por
el demandado,
y sobre
lo
cual
versan
sus agravios
debo
expresar
que ¡si