DE JüS'l'IlJIA
Sin fecha
|
Corte Suprema de Justicia de la Nación
PENAL
Tomo 336
ID: fallos_336_189
Voces / Materias
EXTRADICIÓN
EJECUCIÓN
Texto del Fallo
DE JüS'l'IlJIA
DE 1,A XAClON
19"
..
de poder
público, encargado
de la. ejecución
de las léyes de la
Nación.
de acuerdo
con el artículo
86, inciso 2.° de la Cons~
titución .
.Que, no
consta
qu:e el actor
haya obtenido
la autorización
del hOl1or.able congreso,
á qu';, Se refiere
el artículo
citado de
la ley número
3952, y que él mismo expresa
á foja 38, haber
s~]tciJado.
P.or estos fundamentos,
y de coÍlformidad
con lo exp;uesto
y
pedido
por
el señor
procurador
genenl,
se confirma
el auto
apelado
de foja 3.°.
-
Notifíquese
con
el original
y devu¿ly,anse, reponiéndose
los
sellos .ante
el inferior.
A.. BERi\m.JO.-OCTAVlO
BQN-
GB.-~ICANOR G. DBL SO-
LAR.-C.
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í.XI
E.JJtrw:lición de Eugenio
Pró.'!)Jero Bede, solicitada por
las
a¡¿to~'
riclades d,e 7c¿BepúUicc¿ Francesc¿
Sumario."
Es
procedente,
á título
de,. reciprocidad
y en
los
términos previstos
en el artículo
667 del código de ProcediJ
mientas
en
lo Criminal,
la
extradición
solicitada
p:o~'
la
leg'ación de la República. Francesa
do?'un' acusado
de abuso
de
confianza
y falsificación,
si
Cl pe'dido
es
acompañado.
de los recaudos
exigidos. pior el attículo
65, dd citado código.
y se ha constatado
la identidad del requerido.
Caoo:
Lo explican las piezas siguientes:
I