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GOR'HJ SUPJUJ~fA

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
COMERCIAL
Tomo 336 ID: fallos_336_200

Voces / Materias

BANCO RESPONSABILIDAD

Texto del Fallo

20-1- I'AIJl,OS lJl'J 1,A GOR'HJ SUPJUJ~fA Apelado este bllo, el tribunal lo confirmó en cuanto d ?claraba la responsabilidad d,::1 banco. modificando el monto de los daños y perjuicios qu':: ordenaba pagar. El representante del Innco interpon':: recurso de ape1aci£l11 para, ante V. E. y 'el tribunal considerando que ,el caso no se encuentra comprendido entro? los enumerados en la ley número 4055 y su correlati,va núrn::ro 48 de 1863, no hizo lugar al recurso interpuesto. Es cuanto tengo qu:: inform:,lT á V. E. á quien Dios 'guarde,' A, Fen'cyro Cortés DIC'l'A)IEK Dl~L Sg5;OH I'HOCCHAnon GE:\'"EHAL BUCllOS Aires. Setiembl'e 2:; de' 1908. Suprema Corte: Según el escrito 'de ekmanda de los sci'íor'::s 'Conzález Mo. reu y Cía. que obra á fojas 12 del expediente tramitado ante el juzgado federal de la capital, la parte actor:1 ha pro-o movido acción por escritur,ación é indemniz.ación de da,i'íos y perjuici?s contra el recurrente, Ó sea él Banco Hipotecario Nacional, siendo de notar, desde luego, que tanto la demanda como la. contest:1ción d.e fojas 21 se fundan, única y 2xclusiva,. mente, en hechos y derechos regidos y am]Hrados por la ley civil. . No ha sido materia del ))'leito, la inteligencia de cláusula algunel de la constitución, ni d.e un tr,a.tado Ó ley del congreso, como se p'retende al ,entablar el recurso directo traído ante V. E., con motivo de la resolüción éle'ntSgi'ltoria,del de ap¡ela;- ción, pronunciada por la excelentísjm~l cámara fed.eral á fojas 215 vuelta. " ,.