IH) JUS'l'ICIA
No date
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
TRIBUTARIO_FISCAL
Tomo 336
ID: fallos_336_205
Judges
Moyano
Keywords / Subjects
IMPUESTO
Cited Norms
ley 48
ley 4055.
ley 4707.
Ruling Text
IH) JUS'l'ICIA
D~J J,A
NACION
209
ha
sido
contraria
á la exenci6n
6 p;rivilegio basado
por
el
recurrente
en aquella. Esto encuadra el recurso dentro del tex-
to del inciso 3.° del ¡artículo 14 de la ley 48, y le hace procedente
á merito del artículo 6, de la ley 4055.
. En cuanto 'á su fondo, creo que, tratándose de una exenci6n
'/> privilegio legal, La interpretaci6n
debe ser restrictiva,
y en
tal concepto, no puede ni debe equipararse la madre abandonada
.i la madre
viudá, que ,es á la que 'exclusivamente se refiere
la citada dis~sici6n
de la ley 4707.
Pido p"ues á V. E. en mérito de lo dicho, la confinnaci6n sin
reservas de la recurrida s,ent.enciade fojas 21.
Julio (Botet.
FALLO
DE
J,A
COHl')~
SUPREMA
Buenos Aires, Noviembre
:, de 1908.
y consÍderando:
Que tratándose
de un deber impuesto por la
Constituci6n
Nacional á todo dudad-;tJ1o,las excepciones al mismo deben ser
interpretadas
restrictivamen~e.
Que el artículo 63, inciso b. de Laley númer.o 4707, se refiere
al hijo de la madre viuda en las condiciones que expresa, y no
-al de la. que ha sido abandonada p;orsu marido. (Resoluci6n de
9ctubre
15 de 1907, .caso de Aryztizabal. .
Por. esto y de conformidad con lo expuesto y pedido por el
se,ñol" procurador
general,
se confirma la sent.encia apelada
de fojas
21 y devuélvanse, debiendo re~nerse
Íos sellos ante
el inferior.
.A.
BERMEJO.
-
NICANOR
G.
DEL SOLAH.--;-M. P. DARACT
C. MOYANO
GACJl'ÚA.