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IH) JUS'l'ICIA

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
TRIBUTARIO_FISCAL
Tomo 336 ID: fallos_336_205

Judges

Moyano

Keywords / Subjects

IMPUESTO

Cited Norms

ley 48 ley 4055. ley 4707.

Ruling Text

IH) JUS'l'ICIA D~J J,A NACION 209 ha sido contraria á la exenci6n 6 p;rivilegio basado por el recurrente en aquella. Esto encuadra el recurso dentro del tex- to del inciso 3.° del ¡artículo 14 de la ley 48, y le hace procedente á merito del artículo 6, de la ley 4055. . En cuanto 'á su fondo, creo que, tratándose de una exenci6n '/> privilegio legal, La interpretaci6n debe ser restrictiva, y en tal concepto, no puede ni debe equipararse la madre abandonada .i la madre viudá, que ,es á la que 'exclusivamente se refiere la citada dis~sici6n de la ley 4707. Pido p"ues á V. E. en mérito de lo dicho, la confinnaci6n sin reservas de la recurrida s,ent.enciade fojas 21. Julio (Botet. FALLO DE J,A COHl')~ SUPREMA Buenos Aires, Noviembre :, de 1908. y consÍderando: Que tratándose de un deber impuesto por la Constituci6n Nacional á todo dudad-;tJ1o,las excepciones al mismo deben ser interpretadas restrictivamen~e. Que el artículo 63, inciso b. de Laley númer.o 4707, se refiere al hijo de la madre viuda en las condiciones que expresa, y no -al de la. que ha sido abandonada p;orsu marido. (Resoluci6n de 9ctubre 15 de 1907, .caso de Aryztizabal. . Por. esto y de conformidad con lo expuesto y pedido por el se,ñol" procurador general, se confirma la sent.encia apelada de fojas 21 y devuélvanse, debiendo re~nerse Íos sellos ante el inferior. .A. BERMEJO. - NICANOR G. DEL SOLAH.--;-M. P. DARACT C. MOYANO GACJl'ÚA.