DJ<) JUSTICIA
05/12/1907
|
Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 336
ID: fallos_336_211
Ruling Text
).
DJ<) JUSTICIA
DEl
r,A
NACIOl'<
215
..'
y considerando:
Que para justificar
el r.ecurso extraordinario
para ante esta
. corte, prevista en el artículo
6.° de la ley número
4055, y 14
de la ley número 48,.dfenegado ~or el consejo supremo de guerra
y marina, el ca¡)itán Caldetón se {uildaen
q~e se 'ha ci.esc~no..
. cidoen
el consej9 de guerra esp'ecial el-principio de la inviolabi-
lidad de la defensa consagrado p:or el artículo 18 d~ la Consti-
tución al obligarle
á nombrar
defensor entre
los oficiales que.
p'restaban
serVICIOen la ciudad,
asi'ento del tribunal
que lo
.juzgó;
Que respecto á ese punto, consta en los autos pedidos para
mejor
proveer,
que «el procesado
capitán
don
José A. Cah
. derón, manifestó que desigp.aba su defensor al mayor don Felip'e
S. Alfonso, ptesente
en Buenos Aires y que revista en el gabi-
nete
Militar,
y habiéndoseleexpresado
-el s~ñor
procurador
presidente,
que con arr,eglo á la naturaleza
del procedim,iento
á seguirse
y á lo dispuesto
por superior decreto
de f.echa' 5
de diciembre de 1907, debía elegir defensor entre los militares
de servicio activo que se hallaba ,en el asiento en que debe fun-
.cionar
el consej~,. manifestó
el pr,oces:a.doque, mediando
tal
-circunstancia,
designaba
Rara patrocinarlo
al cápitán don An-
selmo R, Peraca,
p'eiteneciente
á su batallón
quién pres'ente,
prevía citación verbal, aceptó la defensa» (foja 1!Ü)..Con poste-
rimidad,
en la. vista de la causa, el def,ensor capüán
Per¡;tc:a,
manif.estó lo siguiente:
«desea dejar constancia,
á los fines de
ley que ulteriormente
p'udier,an sobrev.enir, que se ha limitado
el derecho de defensa
en contra del texto expTeso de nuestra
.constitución
y código de justicia
Militar,
y en virtud
de una
disposición
regl~mentaria
apar,ecida en -el Boletín
Militar nú-,
mero 82, segunda p:arte, de diciembl;e de 1907» (foja 232). _
Que no obstante esa manifestación de la defensa, pronunciada
la
sentencia del consejo 'esp;ecial, aquélla interpone
á foja 252