I,'ALI,OS DB l,A
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
COMPETENCIA
Tomo 336
ID: fallos_336_224
Keywords / Subjects
COMPETENCIA
SUCESIÓN
Ruling Text
228
I,'ALI,OS DB l,A
UORT~l SUPIUJ~fA
abundamien.to
en el caso, para que, con arreglo
al artículo
1197 del citado código, esa constitución sea ky Bara las partes
y para sus herederos según el artículo
1195 del mismo (tomo
81, .página 181).
Estas
,consid!eraciones v las p¡erti.nentes del escrito de foja
f8 se deciden ,en p:r6 de la competencia del señor juez de la ciu-
dad .(fel Rosario, 'pidiendo á V'. E., se sirva así declararlo
al
dirimir esta contienda.
Julio
Botet.
FALLO
In,
LA CORTE
SUPREMA
Buellos Aires, }'\ovielllhre 10 d. 1908.
Vistos y considerando :
Que La presente contienda de competencia entre el juez dé
l.a instancia de la ciudad del Rosario de Santa F,e y el de
igual clase de la capital de la república, tiene por o'rigen Q.a
aemanda
ejecutiva J~or un crédito hipotecario, enta,blada por
aon
Antenor
Beltrami
contra
la testamentaría
de don José
B. Vitale en La ciudad del Rosario, en la cual, noti(icado !por
lexhorto el demandado, dedujo la inhibitoria ante el juez,de esta
capital, pidiendo se de¿larara competente, en raz6n de tratarse
de und.demanda contra una sucesi6n abierta en la misma.
Que la contienda quea6 así planteada
con la insistencia 'de
cada uno de, estos magistrados en la p)ropia competencia;
~l'
de esta ciwta1, fundándos,e en que se,~trata de acciones que solo
p¡ueden deducirse ante el juez donde debe abrirse la sucesión,
que es el de esta' ciudad, 'una,vez que las a<;cioilesque s,e ejer;,
censon
p:ersoJ;tales;y el del' Rosario, en que 'se trata de accio.
ilcs .hipótecariasque
deben eiltablaise en el luga'r de 'la situá:
l.