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DE JUSTICIA

14/03/1889 | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 336 ID: fallos_336_227

Ruling Text

)~ ¡.;:. ••. " DE JUSTICIA DE LA NACIÓN 231 las caballadas del ejército nacional; fué hallada más ventajasa y práctica que la~, que hasta entonces es'ta~banen usa en 'dichas .eaballadas; que el modelo fué a~rabado y se le dió autorizaci6n para intervenir en la construcción 'de 10s primeras ejemplares en los talleres' oficiales, según nota de 14 de marzo de 1889, la .cual hizo dando todas los detalles á los obreros del arsenal; que por nota de 14 de octubre de 1889 se le invitó á fabricar en plaza, fuera del ~rsenal, 350 juegos de herraduras de sus sis- .tema. destinados al r~gimiento 2.° de artillería á caballo;, que .c'Omprobada la superioridad de su inv,ento, el señ'Or ministra 'Or- den6 a! dir'ector general'de arsenales que !as herraduras que en <.tdelante se construyan ~ara el ganado del ejército sean c'Onf'Or- ..mes "al modela de su invento; que en ningura ocasi6n,. dLlran- ..te ni 'después de los ensay'Os, ni cuand'O su m'Odelo se ad'Optó 'definitivamente, transfirió 'al g'Obierno 6 á la Nación el derecho :de p'ropiedad de su iIwento, 6 de explotar su pa,t'cnte, 'ó de 'f~bricar y usar las herraduras, sin la in~cnción d,: que se le indemni7..ara de alguna manera; que la ado'p'ci6n de su sistema .de herraduras produjo al Gobierl10 una notable economía de l~recios,. comparados con los que le cost~ban las de los antiguos .sistemas ; que desde la orden general de junia' de 1889, las hena, .duras fabricadas, según sus sistema, patentado, en los talleres' ,del Gobierno, fueron los Úl1icos, y la fabricación !>ehizo hasta julio de 1902, ajustándose á su made~'O,.teniendo J;l1ativospara .creer que aun después de esa fecha se siguieron fabrican da ; . que no existiendo transf'erencia á favor del Gobierno de la N51= ci6n, l'Osactos ejecutados por él, con su invento, son actos indebi-: <las, actas ilich'Ü.s,sino ha tenido qa intenci6l) de remunerada 6 .in'demni7.ar10, y que el) ningún caso p;uede alegarse como razón legal suficiente para que funden la suposición de una cesión ó un abandono hor parte s4ya, ni menas ~a donaci6n del inventa ó la cesión de derechos; que salvo el respecto debido, son «actos ilícitos» la orden general número 171, de junio de 1889, y todos