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Que p.'Orla ley

14/04/1899 | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 336 ID: fallos_336_229

Voces / Materias

RESPONSABILIDAD

Normas Citadas

ley 4070

Texto del Fallo

233 ( ., y consider,ando: Que p.'Orla ley 4070, se concedió por el honorable con- .greso veriia al autor P,ara deducir la presente demanda contra. d gobierno de la Nación, siendo en consecuecia, improcedente . la ¡e;xcep;ciónopuesta por el minist,erio público relativo á' la .incompet!1ncia deducida por dicho funCionario. Que la demanda se funda en qu'e se ha construído herra- duras del modelo ideado gor el demandante, y de cuyo 'Invento obtuvo Patente,' como lo justifica con el título presentado .1 foja 1, sin" que hubiese hecho cesión en ninguna forma de su derecho, al Estado. Pór lo que habiéndose explotado y usado diché im-ento, está en el deber de indemni7.a:rel perjuicio ocasionado por ~.azóndel atto ilícito cometido. Que es de .observar, desde luego, que llama justamente la atención la reclamaci6n, 'élél ~ctor, cuando según resulta de su p;ropia confesión' y de las notas agregadas á 10ja 19 y 20, ~e fecha 14 de mayo y 14 de abril de 1899, con su interven- ción airecta, el ministerio de la, guerra mandó hacer gran cantidad de juegos de herraduras p'ara el uso del ganado del ejército de la Nación, y en esas fechas el p)."esentante no tenia patentado á su favor su invento,' y sólo después "de aceptado " , el modelo presentado, en 17 de jUllio de ese"año, lo obtuvo de la of~cina respectiva. De donde resulta que al procéder el ministerio de la guerra en la forma qu~ lo hizo, l¥Jr iniciativa é inte'rvención directa del mismo D'Affitto! no cometió ac- to ilícito alguno que lo hiciera pasible de responsabilidad legal, ); por ende pudj,e,ra obligar al poder ejecutivo, con sujeción á nuestra ley civil. Que aun en la suposición de qU:eel poder ejecutivo n<l.cional, como se pretende, hubiera cometido el acto -imputado y clasi- ficado expresamente de «ilícito», la improcedencia de la ac- ción es indudable, gor ser expreso en derecho que <mo se «p'uedeejeroer contra las personas jurídicas, acciones criminales