I"AT.T.OS DEl
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 336
ID: fallos_336_242
Texto del Fallo
246
I"AT.T.OS DEl
LA
CORT}l
SUPR}l)IA
•
JI
if::,'
esta capital á foja 117, se le confirma, sin especial condenación'
en costas en atención á la n!lturaleza de las cuestiones debatidas.
Notifíquese
original
y"devuélv,anse, debiendo
rep'onerse
el
papel ante el inferior.
A. BERMEJO.
-
NIC.ANOlt
G.
DEL
SOLAR.--l\L
P. DARACT"
(En
disidencia):
-OUYIO
BUNGE--(En disidencia):
e'
MOYANO
GACI'l'ÚA.
DISIDENCIA
Vistos y considerando
:
Que la ley número 111, acuerda
una acción gOl' falsificación~
de
patente
de ~nvención,
y castiga
á los autores
con penas
de multa ó p:risión y pérdida
de los objetos falsificados;
todo
sin perjuicio
de la indemnización
correspondiente
(artículo 53,
ley citada).
Que es esta y no otra acción, la que ha deducido el Cieman,.
dante,
como puede
verse en la demanda
de foja 26 y 27, Y á
la que el fiscal en r,epresentacióll del gobierno
de la nación,
ha contestado
á foja 34, trabándose
la 'litis sobre los extremos.
que
comprenden
ambas
pi,ezas; á saber:
Cesación del uso de
la patente;
entrega
del objeto
falsificado,
si fuere posible, é
indemnización de -rerjuicios, en caso de no serlo.
Que por consig4ie.nte el onus probandi
que correspDndía aL
demandante,
era el invento, la falsificación y el p;erjuicio; que"
dandó
comwobado
el 'pri~ero
con el documento
de foja 1, y"
.en discusión los' otros.
Que, como se consigna, en la sent,encia apelada de foja 117,•
..