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D11 .JUSTICIA Dl'J 1,A NACIO;';

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
CIVIL
Tomo 336 ID: fallos_336_261

Voces / Materias

SUCESIÓN JURISDICCIÓN

Texto del Fallo

D11 .JUSTICIA Dl'J 1,A NACIO;'; Eudoro R. Turdera, Hern1Cnegildo Arroyo, Benjamín' Alverde y Arturo Castro, é inf.orme .del juez de paz, Graciano y Aí1gela Bordarampé, á cuya sucesión aluden los exhortos de foja 1 y 4, tuvieron su último domicilio en este territo'rio, departamento segundo, porque aunque fallecieron en la capital federal se trasladaron allí al solo objeto de hacerse as'istir en sus últimas enfermedades, conservando en Pampa Central ei aSIento princi- pal de sus negocios y la residencia habitual de la 'famili.a] siendo también de observar que los cadáveres de las referidas personas han sido supultados eÍl la bóveda que esa famili.a posee en el cementerio de esta localidad. Que como consecuencia deral hecho, la jurisdicción de la sucesióG «ab intestara» de que se trata no corresp.onde al señor juez exhortante sino .al i nfrascripto, de Gohformidad con los artículos 89, 92, 93, 100 y 3318 n/n., código Civil y artículo 634 c6digo de Proce~imientos, y además con la numerosa )~como t.ante jurisprudencia de La E?,ma. supr.ema corte de la Nación, pudie:1do citarse eritre los casos m,ás recientes, el de la ~uces'i6n OZlBUl,dP L 19 'lBunq!lj ot¡:)IP lod OjpnSdl 'ldlt¡JB)I .iB'ClSl~-:)dP de 1908. I Por estas consideraciones, resuelvo: declarar procedente la inhibitoria propuest.a por el mlni~terio fiscal y .en tal \,irtud ordeno que con los recaudos del caso se libre ofici.o al señor juez exhort.ante l~idiéndole que se 'inhib.a y remita los autos suce- sonos de la referencia. Por ausencIa del secr.etario Espeche, autorIce su colega Fon- rouge. BaUasq1' S. Belt1'o11.-r- (Antd mí): Julio Fonrooge..