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J)I~ .JUSTlCIA

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
COMERCIAL
Tomo 336 ID: fallos_336_281

Keywords / Subjects

SEGURO RESPONSABILIDAD

Ruling Text

'. J)I~ .JUSTlCIA J)I~ lJA :-;ACIÚ~ Pero es el raso que este artículo 177 que la empresa invoca en su defensa, es su más segura condenación. La última parte del artículo impone á Jos ferro carriles la responsabilidad por los perjuicios ocurridos á las cosas transportadas aún cuando se hubiera estipulado la presunción á que se refiere si se probara la culpa de la empresa. Ahora bien, quien tiene la culpa del choque causante de los perjuicios? No la tienen los carneros, tampoco la tienen los señores 1\'Iéndez y Compai'íía, remitentes, ni el sci'íor Ir," chauspe, destinatario. ¿ Quien la ti('ne entonces? Pues solamente la empresa que colocó los 35 wagones á que antes me re- ferí, en el camino que traía el tren y que con toda torp:::za por parte de los empleados se los llevó por delante. El juez de 'primera instancia,. no obstante estas pruebas evidentes, cree. sin embargo, que no fué la empresa la cul- pable del desastre sino un ciclón que ocurrió la noche del transporte. Este ciclón yo no puedo tomarlo en cuenta. porque la em- presa no lo mencionó en la contestación á la demanda y por. que, en con"secuencia, es un hecho completamen'te ajeno á ]a litis (articulo 108, c6digo de Procedimientos). Por lo demás, si me fuera permitido .ocuparme de ese ci- cl6n, diría que del informe del ministerio de obras públicas. s610 resulta que ese fenómeno «arraJlI::ó techos de galpones, etc., en la zona por donde corrió» y que P?r lo tanto, no ha podido ser causa :de est.c desastre, puesto que el tren que conducía los carneros, no chocó con ningún techo ele galp6n. sino con unos \Vagones. Dirla tambien. c¡u.esi la empresa hubina observado las pre- cauciones convenientes, es seguro que los wagon es no ha- brían sido movidos por el viento. Y diría por fin, que. los términos de la carta de foja 12 demuestra que para el alto empleado Lértora, no fué por fuerza mayor, sino poi' culpa