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DE JUSTICIA

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
CONSTITUCIONAL
Tomo 336 ID: fallos_336_285

Keywords / Subjects

RECURSO EXTRAORDINARIO RESPONSABILIDAD APELACIÓN DAÑOS Y PERJUICIOS

Ruling Text

DE JUSTICIA lHJ ]jA NACION 289 Qne vengo á deducir de hecho el recurso extraordinario auto- rizado por el artículo 14 de la. ley número 48, de 14 de Septiem- bre de 1863, fundado en que la Exma. cá,~nara de Ap:elaciones en lo Comercial, Criminal y Correccional d2 la capital, me lo ha denegado el~ grado de apelación, considerando que el caso sub-judice no está comprendido en los indicados j)or la ley ci- tada. En el litigio que motiva el r,ecurso se ha puesto, en cuestión . la validez y eficacia de la ley número 2873 sobre ferrocarriles nacionales, como así mismo, la',autoridad ejercida en nombre de la nación por la dirección general de ferJ"Ocarriles, La litis fué 'iniciada por los señores ]. M. Mendez y Cía, con- tra mi repa'esentado demandando los daños y perjuicios prove- nientes de pérdidas y averías en el transporte de una partida de animales, que el actor sostenía eran reprroducto'rcs. Mi parte sostuvo en su d.densa que no era responsable en primer término, y en caso d.c serlo su r,es]yol1sabilidad ,estaba limitada. por la resolución de la' dirección general de ferrocarrIles de fecha 21 de Septiembre de 1903, aprobatoría de la tarifa para transporte de animales' finos, establecida por la empresa del ferrocarril O,este de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 44 y 49 de la ley de 'ferrocarriles citada, y 105 artículos 212 A. y 358 del..• reglamento general de ferrocarriles nacionales. El fallo P1ro- nunciado por la Exma. Cámara declara nula y sin ningún valor la resolución que aprobó la tarifa especial para el transporte de animales finos: la cual se dictó ejercitando atribuciones conferi- das por la ley para crear el privikgio en que se funda la limita- ción de responsabilidad alegada por mi mandante. ; Resultando claramente dc lo expuesto que ha sido materia de litigio la inteligencia de Wla ley del congreso y de una comisión ejercida en nombre de la autoridad nacional y la. decisión del tribunal contraria á la validez del título invocado, cotrespbnde y así lo 'solicitó de V. E. declare mal denegado. el recurso.