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J))<~ JUSTICIA

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
COMPETENCIA
Tomo 336 ID: fallos_336_293

Voces / Materias

JURISDICCIÓN

Sumario

Con arreglo á la ley número 3375, d:e Agosto 3 de 1896, debe p.rescindirse en la traníitación de las causas de jurisdicción originaria, del informe en derecho, que autoriza- ba el artículo 218 de la ley nacional de Procedimientos. - Caso: En esta causa, la parte actor,a' solicitó venía para que su abogado escribiera en derecho con sujeción á loi.i~receptuado

Texto del Fallo

J))<~ JUSTICIA IHJ LÁ NACION 297 tancia de tener ,esta distinta vecindad, ósea, portr,atarse de una . 'causa entre una provinciá y los vecinos de otra.-Artículo 100 de la constitución nacional. Por estos fundamentos, oído el grocurador general, se decla- ra que el conocimiento de esta causa corresponde á la juris- dicción originaria de esta corte y hágase saber al señor juez de lo Civil, comercial y minas de Mendoza p;ara que remita los autos. Notifíquese original y repóngase el papel. A. Bm~~lE,JO.-OCTAVIO BUNGK NICAKOli G. DEL SOLAR- Th'LP. DARAC1'.-O. l\!(OYA' . NO GACITl:A. CAUSA CXXlI Dofta Éelisa, 1'. de Alva~'ado.'y otros, contra la prov'incia, elcJ-l~fui . sobre nu.lidad é ineaustitucionalidad de unos decretos ?J ,'eivin- dicación; sobre infm'me en dm'ecllO. Sumario: Con arreglo á la ley número 3375, d:e Agosto 3 de 1896, debe p.rescindirse en la traníitación de las causas de jurisdicción originaria, del informe en derecho, que autoriza- ba el artículo 218 de la ley nacional de Procedimientos. - Caso: En esta causa, la parte actor,a' solicitó venía para que su abogado escribiera en derecho con sujeción á loi.i~receptuado