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D}) IJA conn)

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
COMPETENCIA
Tomo 336 ID: fallos_336_294

Keywords / Subjects

COMPETENCIA

Cited Norms

ley 3375

Ruling Text

298 FALLOS D}) IJA conn) SUP.lnJM,~ por el artículo 218 de la ley nacional de Procedimientos, en razón de la imp,ort'ancia Y lo complejo de las cuestiones deba.! {idas, y de la necesidad de plantearlas con claridad y precisión. Bncllos Aires, ~ol"ielllbrc 26 de 190R Vista la solicitl~d precedente y considerando: Que con aEeglo al artículo 7.° de 'la ley 3375 'de Agosto 3 de 1896, en las causas de juri~dicción originaria las partes podráq dentro de los tres días sigui'elites á la notificación de la i)rQvi- dencia de autos, hacer la manif,estación menciol1adil en el artícu- lo 5.°, es decir, ~olicital:.día ¡Jara infori11ar (<invoce), prescin- diendo del informe en derecho Que autorizaba el artículo 218 ele la ley nacional de Procedimientos, no ha lugar á lo solicitado, A. BERi\1E.JO, - OCTAVIO BmWE ~JCAXOlt G. DEL SOLAR.- :;\1. P. DARACT.--- C. NOYANO GACITÚA •. CAU~A CXXIII Don José R. L(,tstra en c(,'utoseon la lJ1'qvincia de Santct 1"6, por exp1)opiación; SOb1'Ccompetencia. Sumario.' Iniciado p'::Jr'b provincia ele Sant2. Fé ju:cio el'eexpro-