ao effectum videndi
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
COMPETENCIA
Tomo 336
ID: fallos_336_296
Voces / Materias
COMPETENCIA
Texto del Fallo
300
resolversE' con p,reciso criterio jurídico, sin que préviamente
se
justifique
los extremos
alegados,
ya en
1'0 que resgecta
á la
diversa vecindad de tod'Üslos condóminos demandados en Santa
Fe, en 1'0que oonci,erne á La materia fundamental
del p)eito.
Pido p;or ello á V. E. se sirva así desponerlo, mandando
agre-
gar
«ao effectum
videndi» la demand.a iniciada
gor d doctor
. Benito
VilLanueva, con idéntico propósito,
á que se rdiereel
párrafo
9.° del escrito de fojas 6. y las actuac'iones producidas
ante
el juzgad'Ü de Santa
Fe, á que se refi.ere el l~iárrafo 8.0
del mismo escrito.
Diciemhre 30 de 1009.
8abiniano Kier.
FA.LLO
DE
LA
COH'l'J~ SUPHEMA
BlleJlU~ Ai,'cs. Nsdcmhre
21; de 1908.
Autos
y vistos
La present.e cuestión de competencia
deducida
par
don Ra-
fael R. Llerena 'en representación
de don Jasé' R. Lastra
á fin
de que esta cort.e se declar.e competente
pára conocer en el jui-
cia que la p;rovincia de Santa F'e tiene iniciado contra éste par
expropi,ación ,~e unos terr,enas ,en la isla Tacurú,
fundado
en
tener su domicilio en ,esta capital,
y consideranda:
Que en la sumaria
praducida
á fojas 7 y 8 queda
campro-
bada
que el ocurrente
seííor Lastra
tiene su domicilio en esta
capital.
Que tratándase
de una cl,lestión de la naturaleza
de 'la pre-
sente
esta
carte,
de acuerdo.
can los J~.recedentes que
tiene