DE -LA :-IACIO:-I
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 336
ID: fallos_336_397
Ruling Text
i
DE
JUSTICIA
DE -LA :-IACIO:-I
12. Que en Cuanto al edicto p.olicial que reglamenta
las mani-
festaciones
~úblícas ,en uso de atribuci9nes
propias,
exclusivas
y discrecionales,
sería
un
absurdo
pretender
que
el
poder
judicial
pudiera. fijarle regla~
para
llevarlas
á la. práctica,
yci
que
es
un p;rincipio aceptado
de
que
cada
poder
juzga con
su crit.erio propio
é indepjendi'ente,. del uso y .ejercicio de sus
facultades,
siendo solo de la comp¡.~t'encjade los jUEC~Sresolv,~r
-
,
si en el caso exist.,~p;rohibición ó viqlación del derecho
consa-
grado
pJr
1a
constitución.
i3. Que concretado
el caso por los .r,eclamant,es á h disposi-
rión policial en que se les fija el itine.rario que debiera
recorrer
1:1.mani6estación
y el punto
en que ella deb\:t disolverse,
cam-
biando sólo en parte el prefijado
de antemano,
toda la cuestión
q1.:txb reducida á decidir si a'ql:'ella disposic.ión su;:rime ó ,altC:L1
el derer:ho
de reunión
c'uya }JI~otecci6n s~ 'invoca.
]4, Que á ju'cio del tribunal
no apar(c~
qu~ con tal m('did~l
se hayan
coartado
los medios
de
p:~opaganda
á qu~
tienen
dercr:hc los p:lrtidos políticos,
ni s~ lu imp(;'dido la manifest:1-
ción (l,e sus fuerzasl;en
una palabra.
no
se
han
violado
en
forma alguna
los fines constituc;onales
del d?r¡>cho de reunión.
Por las
consideraciones
que prr<~c~deny con;:ordantes
de b
r-csolución ape~ada, se confirma
ésta en cua.nto declara
que la
disposición
policial
que
fija itinerario
á, la manifestaci6n
que
debían
efec!uar los
recurrentes
y otros el 23 d.~ jul;o próximo
pasat1o, no .es repugnante
á la constitución ..
Hágase
saber
y baj'en.
BLANCO-ARGENTO
- IRIGO-
YEN-VfLLADA--
CANDIO-
TI-(En
desidencia)-
Mos-
coso-(Ante
mi)-
VICEN-
TE F. GARCIA. Secretario