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crÍmenf'S y delitos catpetidas en ,'Otra PjaÍs, y esta 'Obligación es sala ,el resultada de tratadas internacianales

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
PENAL
Tomo 336 ID: fallos_336_421

Keywords / Subjects

EXTRADICIÓN DELITO

Ruling Text

DE JUSTICIA DE LA NACIÓN 425 ,," crÍmenf'S y delitos catpetidas en ,'Otra PjaÍs, y esta 'Obligación es sala ,el resultada de tratadas internacianales». «Que la canstitución Argentina acuerda á las e.J{tranj,eras en el, territaria de la Nación garantías esp,eciales de libertad y seguridad. Que gozan de tadas las derechos civiles del Ciudadana y na pueden ser penadas SIn j'uicia previa, fundada en ley anterior ;ll hecha del P.'1"0cesa». «Que siendo éste el dérecho p(¡blico argentino, y en ausen- cia de tratada 6 de ley del cangr.eso, no p'ueet.e,e",Gobi'erno Argentino entregar á ninguna persana que se encuentre en el territaria de la nación, lP.!0racusación de haber cametido un crÍmen ó delito en pjaÍs extranjero ó de haber fugado de su patria y conde~ándase á destierra para evitar la prisión 6 la pena de la ley», Que esta dactrina de'la suprema corte, de rigurosa aplica- ción al plrincipio de la soberanía de la ley nacianal en relación á la e xtradición, es de actualidad, y lo será siempre mientras rijan las pirincipias de la constitución Nacianal y existan na- cianes saberanas, cualesquiera que sean las principios del de- recho internacianal que Plor más liberales que sean requiriran siempre el tratado para llevarse á la práctica. Que ptlrtiendo de la base de la ley nacional como r.eguladora de t-odos los casos de extradición, la existencia de la otra regia ~le la ley mas favorable, para aplicarse cuando se está en presencia de 1a l,ey nacional, que '~jspone una cosa y de la extranj'era que ptrescribe 'Otra, cama sucede en est,ej¿:asa res- pecta á la 'penalidad á aplicarse, ha quedada establecida por virtud de la misma ley, la 3035, que ápITabó el tratada die extnidíción e-on el reino de italia y siguiendo los p¡rincip:as liberale:: y humanitarios de la legislación fundamental, así re-